Pueden heredar los hijos las deudas de los padres?

Me gustaría saber si los hijos pueden ser responsables de las deudas contraídas por los padres, tanto en vida como una vez fallecidos los padres.

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Las deudas, son personales habitualmente, por lo tanto, mientras ustedes viven, sus hijos no responden de las deudas, siempre que no figuren como avalistas o responsables solidarios al pago, por ejemplo.

Otra cosa es en caso de fallecimiento, si se heredan las deudas y los bienes... por lo tanto, se suele aceptar a titulo de inventario por si las deudas superan los bines o directamente renunciar a la herencia.

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Como bien te han dicho, a menos que hayas firmado algún aval o compromiso, no tienes por qué pagar las deudas de tus padres.

Si fallecen, la herencia incluye todo lo que tienen, tanto si son bienes y derechos como si son deudas. Pero no estas obligado a aceptar la herencia. Si la aceptas sin poner condiciones, te pones lugar del fallecido para lo bueno y para lo malo. No puedes decir esto lo quiero y esto no; va todo en un paquete. Sin embargo puedes aceptar la herencia a beneficio de inventario, es decir que te reservas el derecho a rechazarla si finalmente el saldo fuera negativo los bienes no bastaran para pagar las deudas. Si tuvieras claro que hay deudas y poca cosa más, directamente renuncias a la herencia.

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