Descuentos de pagares sin garantías

Puede un banco, colocar como garantía de una deuda ya vencida por impago de pagares de una s.l., sin garantías previas, utilizando la vivienda de mi padre que no es socio de la sociedad. Y buscar un aval por deudas futuras y pasadas de los socios.

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Si la deuda está vencida, es líquida y es exigible, lo que propone el banco no es avalarla, puesto que el aval ha de ser necesariamente referido a una deuda vigente; lo que quiere es volver a financiar: pagar lo que se debe y constituir un aval.

Tratándose de una sociedad mercantil, los socios jamás responden de las deudas sociales, ni siquiera ante Hacienda, por lo que se les recomienda que ni se les pase por la imaginación prestar garantías personales.

Si esa garantía ya está constituida con uN préstamo personal de uno de los administradores y avalado con UnA hipoteca sobre una vivienda de un familiar

Entonces la deuda ya no es de la sociedad, sino del administrador que usted menciona. Todo parece indicar que han llevado ustedes catastróficamente mal las negociaciones ante el impago de la s.l. Tienen que acudir a un abogado competente, porque es un asunto que hay que saberlo abordar: se trata de una novación en que no hay dinero a cambio, sino una deuda. Han de ponerse manos a la obra, o ejecutarán personalmente (no en la horca, pero casi) al administrador, y la hipoteca también.

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