Mi marido falleció en febrero de 2015, el borrador de la renta de 2014 le sale a devolver.¿Podemos cobrarlo mi hija y yo?
Mi marido murió en febrero de 2015, en el borrador de la renta de 2014 le sale dinero a devolver. ¿Podemos cobrar ese dinero mi hija y yo que somos las herederas? ¿Qué documentación debemos presentar para ello a Hacienda?. Cuando doy a la opción de preguntar, me sale en color rojo que añada más detalles a mi pregunta, pues ya no sé que más puedo poner.
Respuesta de Abogados Edo
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Respuesta de John Lam
Respuesta de Stephen Garcia




Si se puede cobrar tenéis que rellenar un documento que os Dan en Hacienda y allí te dicen la documentación a aportar aparte de todos los documentos mencionados tienes que llevar el número de cuenta verificado por el banco y poniendo que estáis de acuerdo los herederos en que ingresen la devolución en esa cuenta y firmado y luego registrarlo misma mente en Hacienda. - Fernanda Gutierrez