¿Cuando expira esta deuda muy antigua?

Os comento, es un poco lioso, por el año 1992 mis padres fueron estafados en su negocio y lo perdieron todo todo y entre lo que dejaron adeudado hubo un prestamo con bankia de 3.000.000 de pesetas, la ultima notificacion que tiene en su poder es una resolucion del juicio con ese banco donde le obligaban a pagar unos 6.000.000 y tras sumarle intereses costas y demas cosas, eso fue en marzo de 1994 y en el auto judicial ponia que si no pagaban serian declarados en rebeldia, mis padres dejaron eso pasar ya que no tenian forma de pagar, no tenian trabajo ni casa ni negocio ni nada, e intentaron rehacer su vida, hoy 21 años despues ha recibido una carta ordinaria de una empresa de cobros reclamandole 182.000€ y que si no los paga antes del 31 de marzo emprenderan acciones legales haciendo referencia a que es una deuda con ese banco pero sin mas papeles ni nada...

¿Qué opciones tiene mi padre? ¿Eso a presquito? ¿Qué podemos hacer?

Decir tambien que mi madre fallecio hace un tiempo y tras esta carta el consejo que nos han dado es que renunciemos a la herencia mi hermano y yo para asi esto no pueda afectar a nuestros bienes en un futuro. Pero queremos saber mi padre que opciones tiene y como veis este caso en concreto.

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Reclamar una deuda del año 1992 transcurridos 23 años es un ejercicio antisocial del derecho.

A día de hoy habría que analizar si en su día se inició procedimiento de ejecución o no para valorar si ha caducado o prescrito el derecho de esta entidad a exigir el pago de esta deuda.

En todo caso, inicialmente sin perjuicio de un estudio más detallado del asunto a la vista de la documentación judicial del mismo, entiendo que es factible defenderse de la reclamación efectuada por la compañía de gestión de cobros.

Saludos

Estoy a vuestra disposición en EAE Abogados

¡Gracias! por cierto da la casualidad que mi padre tiene actualmente un piso que lleva un año intentando vender porque le cuesta pagar la hipoteca, asta que esa empresa de cobros no inicie el proceso judicial el puede seguir intentar venderlo no?? o asta que momento puede seguir intentando su venta??? gracias nuevamente!

Tu padre puede vender la vivienda sin problema antes y después de que se inicie el procedimiento judicial.

El único problema que puede surgirle será que el juez, iniciado el procedimiento, acuerde el embargo sobre esta vivienda. En tal caso, la vivienda "responderá" de la deuda y el comprador querrá que se cancele esta deuda para comprar la vivienda.

Saludos

Estoy a vuestra disposición en EAE Abogados

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