IVA programa informático en Palestina

Tengo que facturar un programa informático que hemos hecho en mi empresa, una SL, a una empresa española. A su vez esta empresa lo vende en Palestina.

El tema es que la empresa española me dice que le tengo que facturar sin IVA, al ser para el extranjero.

¿Es cierto?

2 respuestas

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Este tema es complejo y deberá ponerse en manos de un experto, que le estudie su caso concreto.

Efectivamente, en algunos casos, las venta para exportaciones, pueden no estar sujetas a IVA, cumpliendo ciertos requisitos, como que el primer vendedor sea quien figure en el DUA y la entrega se realice directamente al comprador final en un país de fuera de la UE.

Pero esto esta claro para las ventas de bienes, no tan claro para la ventas de servicios, donde hay que estudiar las reglas de localización para este impuesto.

Respuesta
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Yo entiendo que si la empresa española os encarga un programa informático y en ningún momento dentro de ese encargo se os exige que estéis en el ROI, ya que tendreis que enviarle vosotros la mercancía a su cliente. Si eso no se ha producido así, si ha sido el el que ha enviado a Palestina ese programa de forma posterior, no puede exigiros una factura sin iva, ya que tu le estás prestando el servicio a una empresa española. Como venda él ese producto es decisión y responsabilidad sólo de él.

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