Duda Subsidio para mayores de 55 años

Buenos días, mi pregunta es la siguiente,

Mi madre tiene 62 años y más de 6 años en Seguridad Social y 18 como autónoma así como los últimos tres meses dada de alta en la S.Social.

Mi padre tiene una pensión de 762 euros y a mi hermano de 25 años a su cargo sin ningún ingreso.

Mi pregunta es la siguiente:

¿Podría optar a la ayuda para mayores de 55 años?

En Octubre mi hermano cumple los 26 años y ella ya estaría cobrando la ayuda ¿se la podrían quitar aunque cumpla el mínimo familiar?

Gracias

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Una de las condiciones para tener derecho a este subsidio es cumplir todos los requisitos, salvo la edad, para acceder a cualquier tipo de pensión de jubilación en el Sistema de la Seguridad Social, es decir, haber cotizado al menos durante 15 años, de los cuales dos deberán haberlo sido dentro de los quince últimos años.

Además se debe estar en situación legal de desempleo, no tener derecho a prestación contributiva por desempleo por no haber cubierto el período mínimo de cotización (12 meses), siempre que hayan cotizado, al menos, 3 meses si tiene responsabilidades familiares, o seis meses si no las tiene. Esta última opción es la que habitualmente permite pasar al subsidio para mayores de 55 años: si se tiene cónyuge o hijos a su cargo, acumulando 3 meses de cotizaciones se puede acceder al subsidio. Si no se tienen responsabilidades familiares, se necesitan 6 meses de cotización. Por lo tanto es esencial saber si los últimos 3 meses de alta en la SS fueron en el Régimen General o en el RETA, ya que , desde un punto de vista normativo, el autónomo que pide la baja al cerrar su negocio no se encuentra en “situación legal de desempleo”.

En el requisito de "rentas" se deben incluir TODAS las de la Unidad Familiar (incluido los menores de 26 años): rentas del trabajo, rentas inmobiliarias (depósitos,...), rentas presuntas del patrimonio (segunda vivienda,...)... hay que hacer "números".

Gracias por la respuesta, pero me sigue quedando la duda

Mi madre los tres ultimos meses esta dada de Alta en Regimen General, pero como mi hermano cumple los 26 ahora en Octubre ¿Le quitarian la ayuda y tendria que cotizar 6 meses? En el requisito de "rentas" si mi padre solo cobra la pension que son 762 euros se la concederían pero si al año siguiente al presentar las cuentas si a mi madre le dan el subsidio de 426 euros ¿eso seria considerado tambien para la renta? entonces se pasaria no? o al ser lo que cobra por subsido no cuenta? perdoname no se si me estoy explicando bien. Gracias

Al estar 3 meses de alta en el Régimen General (que si cotiza al desempleo) si le concederán el subsidio. El límite de rentas en 2015 es de 486,45 € de media mensual por cada miembro, es decir con los 762 €/mes (al ser 14 pagas anuales de la pensión equivalen a 889 €/mes en 12 meses) no se superan los 972,90 que es el límite para dos personas. La cuantía del propio subsidio NO se tiene en cuenta para el cálculo de rentas, pero SI cualquier otro como intereses bancarios, segunda vivienda,...

En definitiva si se lo concederán (con más motivo mientras esté domiciliado con ellos el menor de 26 años). En cuanto haya un cambio de rentas o de la Unidad Familiar hay que notificarlo inmediatamente al SEPE aunque se sigan cumpliendo los requisitos (es una obligación a la que te comprometes al solicitar el subsidio y puede ser motivo de suspensión si no se hace así)

Musichimas gracias por la información, ahora al decir lo de la segunda vivienda me queda una duda, a que se refiere con eso? Mis padres tienen una segunda vivienda de la que están pagando una hipoteca

Muchas gracias

Pues se tiene en cuenta una "renta presunta" anual del 3,5 % (precio oficial del dinero en 2015) del valor del inmueble a sumar al resto de "rentas reales". Si el valor del piso es por ejemplo, 100.000 € (esté o no hipotecado) dicha renta presunta será 3.500 € anuales, es decir, 291,67 €/mes.

El valor del piso se sacaría del valor catastra? GRACIAS

SI

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