Quorum necesario para adoptar acuerdos en junta de propietarios

Somos una comunidad de 12 vecinos y tenemos un problema de ratas en las zonas comunes. Se ha hecho una reunión para adoptar las soluciones pero solamente hemos acudido 4 propietarios.

Mi pregunta es:

Con solamente 4 propietarios se pueden adoptar acuerdos, ¿relacionados con la desratización?

Se podría contratar una empresa (a cargo de los fondos de la comunidad) para acabar con las ratas.

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No hace falta una cantidad mínima de asistencia para que sea legal en segunda convocatoria, en primera para poder iniciar la junta deben estar presentes al menos la mitad de los propietarios, en segunda, suelen ser con media hora de diferencia, es valida la junta independientemente del número de asistentes y todos aquellos que no hayan asistido se someten a las decisiones de los asistentes.

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