Administradora fincas cambia contrato mantenimiento ascensor

Quería agradeceros el trabajo que realizáis y exponeros un par de consultas vecinales...
Edificio de nueva construcción (2 años), el año pasado la administradora decidió cambiar "porque si - porque el contrato vencía y no quería que la comunidad estuviera sin seguro" el contrato de mantenimiento que teníamos con el ascensor (era Orona, la misma empresa que instaló el ascensor) por otro mantenimiento más económico con "Asfort", con el resultado que el ascensor comenzó a fallar y hoy mismo se ha votado entre los vecinos realizar unas reparaciones de unos desperfectos que se arrastran en el ascensor (tensores mal tensados y una puerta) que suman unos 5.500€, desperfectos que no de haber seguido con Orona estarían cubiertos... ¿Tenemos ahí algún ángulo para reclamar a la administradora por esa conducta o ese perjuicio?
En la finca somos 3 escaleras (A, B, C)... Y se plantea la reparación de un ascensor, el situado en la escalera C. Cada escalera tiene su propio ascensor en el vestíbulo del edificio y somos distintas comunidades de propietarios, es un arreglo de un espacio común que debe comprender la reparación por parte de las 3 comunidades (A, B y C) o sólo deben sufragarlo los vecinos de esa escalera (La C).

3 Respuestas

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Coincido con los dos compañeros que ya le han respondido.

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En tu pregunta hay varios puntos que deben ser aclarados:

1. El administrador no puede cambiar ningún contrato a menos que sea autorizado por escrito por la Junta o por la Asamblea General de vecinos. Si no se autorizó en una Asamblea General en ese caso deben pedir el acta donde la junta autorizó dicho cambio. De no existir dicho acto administrativo el señor administrador se extralimitó en sus funciones. Es posible que haya actuado de buena fe y por hacerle un ahorro a la comunidad efectuó ese cambio. Pero si ustedes detectan que en ese cambio salió favorecido a nivel personal si pueden demandarlo por abuso de confianza.

2. Todo contrato de mantenimiento se prorroga automáticamente a menos que se dé por terminado el mismo. No es aconsejable cambiar de empresa para el mantenimiento de los mismos toda vez que esa empresa conoce al dedillo sus productos y las fallas que puedan presentar. En nuestro caso las puertas de acceso de vehículos y peatonal están automatizadas, la empresa que hizo todo el montaje se contrató para hacerle mantenimiento a los mismos. Dicha empresa se volvió un "gigante" por su buen producto y asesoría... pero nunca visionaron su éxito y empezaron a contratar a terceros para hacer sus mantenimientos. Resumiendo: Nos vimos obligados a contratar con otra empresa por los incumplimientos y mala calidad del servicio.

3. En el punto de quien debe pagar el arreglo: Si cualquiera puede usarlos, tanto A como B o C, entonces todos deben aportar a su reparación según los coeficientes de participación. Solo en el caso de que solo C tenga acceso a ese servicio común entonces será la que haga el aporte total para su reparación.

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Efectivamente no debe quedarse sin mantenimiento el ascensor, pero los contratos de ascensor son prorrogables automáticamente. Deben pedir copia del contrato de orona anterior y ver lo que decía y también hablar con el presidente haber si autorizó el cambio de contrato o si se aprobó en junta. También deben ver en el nuevo contrato quien lo firmó, ya que el representante de la comunidad es el presidente y nunca el administrador.

Respecto la reparación de un ascensor, situado en una de las escaleras pero con acceso desde el vestibulo común de todas las escaleras, quién debe sufragar el gasto?

el situado en la escalera C. Cada escalera tiene su propio ascensor en el vestíbulo del edificio y somos distintas comunidades de propietarios, es un arreglo de un espacio común que debe comprender la reparación por parte de las 3 comunidades (A, B y C) o sólo deben sufragarlo los vecinos de esa escalera (La C).


Muchas gracias,

Hay que ver la escritura de propiedad horizontal, en ella dice quien entra y en que gastos.

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