¿Cómo reclamo a la Mutua Asepeyo por una suspesión de mi prestación ?

LLevo de baja varios meses (10) y nunca he faltado a las debidas revisiones de médicas de la mutua.

Falté a la última revisión por una infección intestinal que me tubo en el baño todo ése día, cada media hora. Al día siguiente (se tienen 10 para justificar) voy al médico y me extiende un justificante de asistencia indicando que desde el día anterior (el de la revisión) estoy con infección intestinal, vómitos y diarrea.

Mando vía email y fax este justificante. Pasados 2 días me llega una carta certificada con acuse de recibo donde me informan que se me suspende de la prestación por incumplir lo dispuesto en el art. 132 de la LGSS y 9.4 del Real Decreto 625/2014.

LLamo a la mutua por telf. Y me explican que sí que han presentado el justificante a la sede de Barcelona y que lo han considerado no válido, que tengo 30 días para interponer reclamación previa ante la Mutua, de acuerdo al art. 71 de la Ley 36/2011 de la Juridiscción Social.

¿Alguien puede indicarme si se están pasando?, y cómo redactar esta reclamación.

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Consolidada Jurisprudencia en caso similares manda a la Mutua cautela en la suspensión de la prestación, no reconoce tal posibilidad salvo que se manifieste claramente un ánimo defraudatorio de trabajador, lo que se denomina el animus defraudandi.

La mera falta de asistencia, que además ha intentado se justificada en los términos de art 131 bis 1º LGSS es per se sostén para tan severa decisión, en tanto que no trasluce el ánimo defraudatorio del trabajador

Salvo mejor opinión.

Primero agradecer la tan rápida respuesta.

Pero mi justo conocimiento de la jerga legislativa y falta de vocabulario de la misma, sea quizás el motivo por el que no he entendido varias cosas:

Que "pida cautela " a la mutua ¿qué es en términos más coloquiales?

Y lo de la frase en latín, ¿es acerca de intención  de fraude por mi parte?

Tendré que ir a un abogado.

Gracias

He releído y a ver si he entendido:

A no ser que la mutua demuestre un intento de fraude por mi parte, el justificante es válido en lo que concierne al art. mencionado en su respuesta.

Entendí?

Muchas gracias,

Saludos.

Debe realizarse reclamación administrativa previa basasa en lo que han dicho previamente los Tribunales en situaciones anteriores similares.

Esa reclamación previa debería ser redactada por un Abogado Laboralista o Graduado Social.

Esa reclamación será desestimada por la Mutua sin ni siquiera leerla por que juegan con la baza de que no quieras o no puedas ir a juicio, y ese es el único camino que te van a dejar.

En casos similares, a priori puesto que el caso debe ser estudiado muy detenidamente antes de redactar la reclamación, el Tribunal Supremo ha dicho a las Mutuas que no pueden aplicar solo la letra de la Ley, y han estimado la reclamación del trabajador si la Mutua no consigue demostrar claramente que lo que movía al trabajador para no asistir a la cita era el ánimo claro de defraudar a la mutua, ese animo en latín y Derecho se denomina "animus defraudandi".

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