Problemas de Herencia por fallecimiento de mi padre

Que en mi vida hubiera pensado que tuviera que hacerla, hace 2 años mi padre falleció, somos 3 hermanos y según el testamento nos corresponde la legitima, mi madre tiene varias propiedades, unas donde figura ella sola de titular y otras donde estaba al 50% con mi padre, la pregunta es la siguiente:

En una de las casas que esta a nombre de mi padre y madre me entere el otro dia que la han vendido sin tan siquiera consultarme, ni saber por cuanto se ha vendido, el contrato de compraventa lo han hecho en notaria como alquiler a 24m y escriturar a los 2 años, ¿eso lo pueden hacer sin que firme yo? .¿Se supone que son participe de 1/3 de la parte de mi padre no? Al igual q mis hermanos, estando 3 partes de acuerdo en la venta y una no, ¿se puede realizar la venta de la vivienda?

Y en el supuesto caso de que la venta se hubiera hecho por 350.000€ que cantidad me correspondería.

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En primer lugar es necesario que nos indique su Comunidad Autónoma pues la legítima varía de una a otra CCAA. La legítima acostumbra a ser un porcentaje (variable según la CCAA) sobre el total del valor de la herencia, por lo que no necesariamente los legitimarios pasan a heredar las propiedades, ya que le heredero puede pagar esa cantidad en dinero.

Para el pago de la legítima normalmente se valoran los bienes a fecha de la defunción del testador, independientemente de que una vez adjudicada la propiedad ésta se pueda vender por un valor muy superior al de la adjudicación.

Lo más importante es saber si hicieron Uds. la aceptación de herencia ante notario y liquidaron los impuestos de sucesión.

Si desea que le informe de manera más concreta, póngase en contacto conmigo.

Es la comunidad valenciana, y a día de hoy no se a hecho la aceptación de la herencia ante notario y liquidación de los impuestos de sucesión.

Lo que me interesa saber es que derechos tengo, si es que tengo alguno... Gracias

Hasta que no se haga la aceptación de la herencia no tiene Ud. ningún derecho legal sobre esa propiedad. Así pues, si su padre murió sin testar deberá instar Ud. la declaración de herederos y posteriormente la aceptación de la herencia.

De acuerdo con el Código Civil, que es el que rige en Valencia en materia de sucesiones, la legítima son 2/3 del total de los bienes del fallecido, 1/3 a repartir entre los hijos obligatoriamente a partes iguales y el otro tercio (tercio de mejora) se puede repartir favoreciendo más a uno de los hijos.

Sin ver el contrato de compraventa es difícil decirle como actuar. Le recomiendo que consulte con un abogado de su comunidad, quien a la vista de la documentación, le indicará que pasos debe seguir para reclamar su herencia.

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