Quien paga los honorarios de un abogado de oficio

Quiero plantear una cuestión: a una persona le conceden la asistencia jurídica gratuita. Al año, contrata a un abogado privado y su abogado de oficio le da la venia. Ahora, el abogado de oficio quiere cobrarle sus honorarios por el trabajo realizado. La persona tenía concedida la asistencia jurídica gratuita, ya no la tiene. ¿Quien paga los honorarios del abogado de oficio, ¿la clienta o la administración?

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En ese caso, aunque haya tenido la justicia gratuita concedida, al elegir un abogado de pago, el cliente debe abonar al abogado de oficio su minuta y el nuevo abogado debería colaborar para que el compañero cobrase por el trabajo realizado.

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