Reducción de jornada

Trabajo en horario partido de 9 a 2 y de 4 a 7.30, salvo julio y agosto con horario de verano de 8 a 3. Mi empresa está bajo el convenido del comercio. Yo pensaba que la reducción de jornada debía ser de entre un tercio y la mitad de la jornada, lo cual debido a la reducción del salario no me era posible asumir. Pero una amiga con el convenio de Telefónica, ha reducido su jornada únicamente en una hora, es decir 1/8 de su jornada, con un horario de 8 a 3. ¿Puedo yo reducir mi jornada en 1 hora diaria y solicitar dicho horario? La empresa sí está abierta, puesto que en otros departamentos tienen turnos desde las 7.30 de la mañana.

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La reducción mínima lleva siendo de 1/8 desde principios del 2007, si no recuerdo mal la fecha, y no porque lo diga el convenio sino porque lo dice el Estatuto de los Trabajadores en su última reforma en ese aspecto.
Por tanto puedes reducir tu jornada 1 hora diaria, pero lo de ponerte de 8 a 3 es otra cosa, porque el horario que te pongas tiene que estar dentro del horario completo y la hora de 2 a 3 no lo está. Pero si la empresa está abierta y tus funciones son productivas de 2 a 3, y teniendo en cuenta que en verano sí haces ese horario, entonces el juez lo podría considerar válido si te lo deniegan y demandas. Amplía información sobre reducciones en mi web.
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