Residencia para croata

Le comento el caso, a ver si me puede ayudar:
Soy español de origen, tango DNI español y pasaporte hace varios años (mi padre era español nacido en España)
Mi
Madre es Croata, nunca a adquirido la nacionalidad española, vive en
Argentina, tampoco ha adquirido nunca la nacionalidad de ese país.
Queremos
Que venga a España a vivir con nosotros, tiene 72 años, tiene su
Buenas,
Le comento el caso, a ver si me puede ayudar:
Soy español de origen, tango DNI español y pasaporte hace varios años (mi padre era español nacido en España)
Mi
Madre es Croata, nunca a adquirido la nacionalidad española, vive en
Argentina, tampoco ha adquirido nunca la nacionalidad de ese país.
Queremos
Que venga a España a vivir con nosotros, tiene 72 años, tiene su
jubilación y la pensión de su marido (ambos trabajos de Argentina) y ha
Buenas,
Le comento el caso, a ver si me puede ayudar:
Soy español de origen, tango DNI español y pasaporte hace varios años (mi padre era español nacido en España)
Mi
Madre es Croata, nunca a adquirido la nacionalidad española, vive en
Argentina, tampoco ha adquirido nunca la nacionalidad de ese país.
Queremos
Que venga a España a vivir con nosotros, tiene 72 años, tiene su
Buenas,
Le comento el caso, a ver si me puede ayudar:
Soy español de origen, tango DNI español y pasaporte hace varios años (mi padre era español nacido en España)
Mi
Madre es Croata, nunca a adquirido la nacionalidad española, vive en
Argentina, tampoco ha adquirido nunca la nacionalidad de ese país.
Queremos
Que venga a España a vivir con nosotros, tiene 72 años, tiene su
jubilación y la pensión de su marido (ambos trabajos de Argentina) y ha
consultado en la entidad que corresponde y le han dicho que puede
cobrarlas aquí sin problema.
Lo que quiero saber es:
Qué
Trámites tiene que hacer para residir legalmente en España (sin
trabajar, porque es jubilada), he visto que está la reagrupación
familiar, estancia permanente, etc.
¿Quiero saber si el trámite tiene que hacerlo en el país de origen antes de venir o si puede hacerlo aquí cuando venga?
Suele venir de vacaciones, no más de 30 días, con los requisitos que le exige el consulado y nunca ha tenido problemas.

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En principio tu madre podría venir a España igual que anteriores ocasiones y, una vez aquí, debe tramitar un permiso de residencia de familiar de comunitario.

Es muy importante que tengas en cuenta que tiene que tramitarse ese permiso dentro de los primeros 90 días desde que esté en España.

El trámite se debe hacer ante la Oficina de Extranjería de la Provincia en la que vaya a residir y se deberá acreditar el vínculo familiar, le solicitarán su certificado de nacimiento para probar que efectivamente son madre e hijo.

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