Multa semáforo radar

Hoy he recibido una multa del ayuntamiento de Avilés en la que me notifican que me he saltado un semáforo en rojo y que la infracción ha sido tomada por un radar de semáforo. La verdad que es mala suerte, porque siempre soy muy cuidadoso conduciendo, y supongo que la multa habrá sido por un despiste, pero en fin.
Lo que quisiera saber es si tengo alguna posibilidad de recurrir la multa, si hay alguna manera de esquivar la sanción. ¿Hay alguna manera de que me enseñen las fotos para ver si realmente llevan razón? También he de decir que el coche no está a mi nombre.
En fin, si hay alguna manera de hacer algo me gustaría saberlo

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Los pasos a seguir son los siguientes: según la ley de trafico actual lo primero es esperar a que la multa llegue al domicilio. Llegara en este caso al domicilio del titular del vehículo. Una vez que llegue es importante identificar al conductor. De no identificar, la multa de radar queda anulada por una nueva multa de no identificación que es de 301 euros y esa no tiene recurso. Lo primero entonces es identificar al conductor.
Después de identificar, llegara otra multa a casa a nombre del conductor del vehículo y en ese momento si se pueden pedir pruebas y datos a trafico haciendo un primer recurso. En el momento que se hace el primer recurso ya no cabe pagar con descuento, pues el inicio del recurso inicia la vía administrativa y el descuento desaparece.
Puedes hacer hasta 3 recursos pasados los cuales no queda más remedio que pagar. Si la sanción conlleva puntos también es difícil esquivar la sanción. Los recursos te los puede hacer tu seguro del vehículo si tienes contratada la asistencia en viaje y defensa jurídica es un servicio gratuito incluido.
Para esta u otras dudas contáctame en www.segurosuperfacil.blogspot.com o pasate por nuestra oficina en avilés, podremos ayudarte con el recurso.
Animo y suerte!
(No olvides votarme al finalizar la pregunta.
Hola!
Muchas gracias por la información, ha sido muy aclaratoria, aunque tan sólo quería preguntar una cosa más para ver si me ha quedado todo claro. Se supone entonces que sólo se ha de identificar el conductor si no es el propietario del vehículo, ¿si es el propietario no hay que hacer esa identificación no? ¿Puede el propietario del vehículo hacerse pasar por el infractor para soportar la sanción?
Tendrás una buena puntuación.
Gracias otra vez.
No, es obligatorio identificar al conductor siempre, sea o no sea el propietario, hay que identificar siempre a un conductor, y a la persona que se identifique sera quien soporte la sanción...
Animo y suerte!

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