Directivos asoc. Sin ánimo de lucro

Quería saber si los miembros de la junta directiva de una organización sin ánimo de lucro pueden cobrar por proyecto sin perder el derecho a subvenciones. Es decir, no un sueldo como directivo, sino dentro de proyectos concretos, como coordinador, profesor, monitor, etc. Si tendría repercusiones fiscales sobre la asociación, entiendo que sobre la persona concreta sí.

1 respuesta

Respuesta
1
Pues legalmente se podría hacer, pero esta es una de las causas que utiliza la Administración para hacer ver que la Junta Directiva cobra... y por lo tanto, no cumple con la normativa... En realidad, solo podría cobrar por cursos, conferencias o seminarios, mediante un documento (factura con retención y sin IVA) lo que tiene repercusión tanto para la asociación como para la persona... Pero no se puede utilizar para coordinadores, supervisiores, etc...
Agradecemos valoración de la respuesta.
Gracias. "¿No cumple con la normativa" quiere decir que no se podrían cobrar subvenciones o que no se pueden cobrar por esos servicios aunque se presten a terceros?
Con eso quiero decir, que es una de las formas en que la administración determina que no se cumplen con las obligaciones de las entidades sin animo de lucro y por lo tanto, perderían el derecho a recibir subvenciones y a las exenciones de IVA, por ejemplo.
En cualquier caso, solo se puede cobrar por cursos, conferencias y similares...
Agradecemos valoración de la respuesta.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas