Compatibilidad paro con pensión de invalidez

Querido Josbian aver si me disipas otra vez las dudas. Esperando que me llamen del tribunal medico para ver que tipo de incapacidad me van a dar(en el mensaje ponía incapacidad permanente, nada mas), me llamaron de mi empresa para que me vaya a firmar el finiquito(eso supone que me despiden, ¿no?). La inspectora medica me dijo que la empresa me tiene que guardar el puesto 2 año y cunado lo comente me dijeron que como ya no me pagan ellos sino la seguridad social me tienen que dar el finiquito, me parecido un poquito raro. Pero a lo mejor me interesa. Mi gran pregunta;se puede cobrar desempleo y pensión de invalidez al mismo tiempo, ¿son compatibles? Como me dijiste que es muy poca cosa lo de la pensión, pensaba que es un apaño. Que tengas una semana estupenda y

Respuesta
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La empresa tiene la obligación de reservarte el puesto de trabajo un mínimo de dos años a contar desde el día siguiente de la resolución aprobatoria de la incapacidad permanente:Pero no hay que confundir el finiquito con la liquidación, de todas formas la empresa que tenga algún trabajador en situación de IT, le puede dar de baja en la seguridad social a partir de los 18 meses de incapacidad laboral pero eso no significa el despido definitivo del trabajador porque si al trabajador le dan el alta medica antes de transcurridos 24 meses desde la aprobación de la IP la empresa esta obligada a readmitir al trabajador.. En cuanto a la compatibilizacion de la IP con la prestación por desempleo, tienes que saber que solamente se puede compatibilizar la IP con la prestación por desempleo, cuando, después de tener reconocida una incapacidad permanente total para la profesión habitual se pierde el trabajo compatible con la incapacidad permanente total que se venia realizando, por finalización del contrato de trabajo o por despido en este caso el trabajador tiene derecho a cobrar la pensión y la prestación por desempleo.. pero, Cuando el trabajador este percibiendo la prestación o subsidio por desempleo y pase a ser pensionista de invalidez, puede optar entre suspender el cobro de la pensión y seguir percibiendo la prestación por desempleo, hasta su agotamiento y después de agotar la prestacion empezar a cobrar la pensión que le corresponda por invalidez pero no puede cobrar la pensión y la prestación por desempleo a la vez..

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