Subsidio para mayores de 55 después de una venta

En este caso mi consulta está relacionada con la venta de un piso del que, por herencia, me corresponde una sexta parte. El inmueble se vende para hacer frente al pago de una residencia privada para mi madre a quien le corresponde el 50% de esa venta. Creo que cuando esta venta se realice tengo que informar al Inem por el hecho de darse una situación que variará mis ingresos. En tal caso, ¿se verá suspendido el subsidio para mayores de 55 que percibo? ¿Temporal o definitivamente? Y si es temporal como creo que es, ¿cuándo se reanudaría?

1 Respuesta

Respuesta
1

Tienes que presentar en el inem escritura o justificante de ingresos de esa venta.

Tu importe se dividirá entre 12, y si ese resultado superase los 481.50 se suspendería tu prestación el mes que realizas la venta, y luego lo que se haría es volverte a reanudar la prestación.

Y luego lo que se haría es ver el rendimiento presunto mensual para los demás meses, y ahí se ve si superases los otros meses, si superases se suspendería hasta el 31 de diciembre del añpo de la venta y si no pues nada.

Ejemplo :

Se vende por 180.000 euros el 1 abril del 2013

A ti te corresponde una 6ª parte.

180.000 /6 = 30.000

tus 30.000 euros se dividirán entre 12 meses

30.000 /12 = 2500

2500 superan los 481,05, pues te pararán el subsidio desde el 1 de abril hasta el 30 de abril 2013

Un mes.

Luego se calcula el presunto a ganar.

30.000 euros *4% (interés legal del dinero) = 1200 ANUALES /12 = 100

No te afectarían los demás meses, ya que 100 euros no superan los 481,05

Si te afectasen se suspendería hasta el 31 de diciembre del 2013 y podrías volver a recuperarlo el 1 de enero del 2014.

Además, si te afectase pero presentas que ese dinero lo has gastado se te vuelve a activar antes del 1 de enero del 2014, lo paran así presumiendo que ese dinero lo has invertido en un banco y te esta generando intereses.

De todo modos, tiene que ser una cifra muy elevada par aque te afecte, haz tus cuentas, pero problabemente solo te pases el mes de la venta.

Comunícalo, en caso de no hacerlo se te reclamar desde que has realizado la venta hasta que el inem se entera.

Omití decir que tengo un Convenio con la SS por el que estoy pagando 698,50€ al mes.

Gracias nuevamente por su atención.

Pues a ese ingreso de ese mes se le descuenta lo que pagas mensualmente a la seg social. Siguiendo el ejemplo anterior a los 2500 se le restarían los casi 700, seguirías superando rentas.

Pero si se resta mensualmente.

Así que cuando vendas acercate a mayores con un recibo de seg social.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas