Hola, mi madre es hija de español y ya obtuvo la nacionalidad española, aquí en Mexico ella tiene seguridad social pero como beneficiaria y no como trabajadora. Ahora ella quiere ir a españa y gozar de los beneficios de la seguridad social española, pero en la guía para el retorno, dice que debe haber estado trabajando, mi pregunta es: ¿Es equivalente la seguridad social del beneficiario con la del trabajador?
Gracias (xxxxxx)
No acabo de entender su pregunta. Al menos en España, la asistencia es igual, se sea, afiliado (trabajador), o beneficiario, otra cosa es, los beneficios derivados de las cotizaciones que pueden generar pensiones, indemnizaciones, etc. Respecto de los beneficios de la asistencia como beneficiario, están limitados en el tiempo para los hijos e indefinidos para esposa y progenitores, si no tuvieran derecho a otra prestación igual o superior. En el caso de su madre, sería beneficiaria, como esposa, sin límite de tiempo. En principio considero que tiene derecho a la asistencia universal en España, si los convenios entre estados así lo determinan. Parece que, en el caso de su madre, debería solicitar un documento de afiliación para asistencia a desplazados de la Seguridad Social Mexicana en España. Debe pues resolver las dudas en los servicios administrativos de la Seguridad Social Mexicana, para que provean de la documentación necesaria para la asistencia en España. No obstante y caso de no disponer por falta de convenio, en situación de urgencia, su madre recibirá asistencia gratuita en cualquier momento, no así la asistencia de continuidad, ¿me expliqué?, supongamos, su madre resbala bajando las escaleras de acceso al metro, antes de entrar en el recinto, cae y pierde el conocimiento y se fractura el brazo. Avisados los servicios de emergencias médicas por cualquier ciudadano que presencie el accidente, se desplaza al lugar una ambulancia medicalizada o no según disponibilidad y la traslada al centro más cercano, ingresa tres días en la UCI, hasta salir del coma y le enyesan el brazo, a los cinco días le dan el alta, todo eso gratuitamente, como extranjera o como nacional sin afiliación. La asistencia neurológica ulterior, las revisiones que precise, el seguimiento de su fractura y el alzamiento del escayolado, será previo pago de su coste tarifario y, si no paga, no le quitan la escayola.
- Anónimoahora mismo
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