Pretacion desempleo

Soy socia de una empresa con forma jurídica SLL (sociedad limitada laboral) y estoy contratada en la misma en régimen general, ya que en su momento podía optar entre régimen general y autónoma y nos decidimos por el primero.
Vamos a liquidar la sociedad puesto que con el panorma actual nos hemos quedado sin clientes, y sin dinero debido a un problema con un cliente importante y algunas otras cosas.
Me gustaría saber si tengo derecho a cobrar la prestación de desempleo por haber cotizado estos últimos 5 años en régimen general o bien, al ser co-propietaria de la empresa a pesar de ello no tengo derecho.

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En el supuesto de sociedades laborales, el socio trabajador que involuntariamente queda en desempleo puede tener derecho a prestaciones por desempleo, excepto:
. Si en la sociedad realizaba funciones de dirección o gerencia y era retribuido por ello.
. Si desempeñaba dichas funciones y simultáneamente se encontraba vinculado a la empresa por un contrato de alta dirección, con o sin retribución.
. Si de manera individual posee la mayoría del capital social de la sociedad.
. Si, por convivir con el cónyuge o parientes hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad con participaciones en la sociedad, poseen en conjunto la mayoría del capital social, salvo que se acredite que el ejercicio del control efectivo requiere el concurso de personas ajenas a las relaciones familiares.
Si no estás en ninguno de estos supuestos anteriores, si tendrás derecho a percibir la prestación por desempleo.

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