Minusvalía por baja estatura.

Necesito saber si una persona con una estatura de 1,35 m. Puede optar al reconocimiento de una minusvalía.
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Existe un organismo de la OMS llamado CIF (Clasificación internacional de funcionamiento, discapacidad y salud) que se encarga de estandarizar y unificar criterios para definir los estados de salud que puede presentar una persona, tenemos varios conceptos importantes como la deficiencia que es la pérdida de alguna función o de algún órgano, por ejemplo, la pérdida de una pierna por un pie diabético, la discapacidad, que se refiere a la limitación de la actividad, en el caso del ejemplo, con una amputación no puede caminar, y limita sus actividades, su participación, pues por ejemplo, ya no sale a hacer ejercicio con sus amigos.
Todo esto está relacionado, la deficiencia causa una discapacidad y la discapacidad limita la participación.
Cuando hablamos de minusvalía, nos referimos a que esta persona también está limitada en su participación, pero ya no es aceptado este término pues significa "menos valor" y no creo que sea el caso, así que ese término ya no se usa pues es incorrecto.
Si la persona a la que te refieres, con baja estatura, no ha perdido extremidades, no tiene alteradas funciones, no tiene enfermedades como acondroplasia, mopd y demás enfermedades, si su estatura es así por genética, no estamos hablando de deficiencia, por lo tanto no hay discapacidad y muchísimo menos minusvalía.

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