Incapacidad laboral

Mi pregunta se refiere a una trabajadora, amiga mía, que se encuentra actualmente de baja por incapacidad laboral debido a su lamentable estado físico. El ICAM ha resuelto progrogarle automáticamente la baja, después de doce meses, a diecisiete.
Dado el estado de la paciente, con pancreatitis crónica, que necesita ser cuidada por otros, después de cinco intervenciones quirúrgicas que pocos superan, con extracción de parte del páncreas, estómago, intestino y vesícula biliar,
nos preguntamos si no seria posible solicitar una incapacidad permanente sin tener que esperar los diecisiete meses, porqué además la mutua, le ha rebajado el suelo después de los ocho meses y ahora viene a cobrar unos 400 euros cada quince días, con lo que su situación económica se ha visto gravemente deteriorada.
Respuesta
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Con respecto a la solicitud de incapacidad permanente, tu amiga puede solicitarla en el momento que desee porque es un derecho reflejado en el texto refundido de la ley general de bases de la seguridad social (inicio del proceso de incapacidad: se hará a instancias del médico asistencial, de la inspección médica o del propio interesado). Tu amiga tiene que solicitar un formulario en el ICAM, rellenarlo y la citarán para valoración. De todas formas son los mismos médicos del ICAM los que hacen la evaluación así que es probable que mantengan la incapacidad temporal hasta los 18 meses. En ese momento tienen que darle el alta o la permanente (bien revisable por posible mejoría o bien definitiva).
Lo de que le han bajado el sueldo creo que lo tenéis equivocado. Por ley, durante una incapacidad temporal por enfermedad común (ya que la pancreatitis no es profesional), el trabajador recibirá 0 euros por los 3 primeros días de baja, el 60% de su base de cotización los días 4 al 20 y el 75% de su base de cotización en adelante, hasta un máximo de 12 meses con prórroga de 6 meses más. Lo que sucede es que algunos convenios colectivos reflejan que LA EMPRESA pagará la diferencia con su sueldo completo hasta un máximo de 12 meses, por lo que puede haberse visto mermado su sueldo al cumplirse, pero no es la mutua sino la empresa la que deja de pagar. También sucede que, si tu amiga ha dejado de trabajar en esa empresa por fin de contrato también pierde esa mejora.
De todas formas, dile a tu amiga que solicite la valoración por el ICAM y que presente una nota del internista y el cirujano diciendo las secuelas previsibles, capacidad funcional y posibilidades terapéuticas. Esa información ayudará a los médicos inspectores a llevar a cabo su trabajo.
Hola soy Mireia, gràcies de verdad, ha sido de gran ayuda. Respecto a lo del sueldo es verdad. Ella era encargada de comedor o algo así. La empresa es su prima que la despidió con mucho cariño y buenas palabras. Ahora sabemos porque cobra menos. Si tenemos alguna otra duda, con su permiso, volveremos a consultarle. Agradecidas por su ayuda y por la que da a los demás, le saludan Unas Viejas Amigas.

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