Alta por estado ansioso-depresivo por parte de Icam. ¿Cómo poder solicitar baja por recaída?

El pasado mes de Diciembre, tuve que coger la baja por vértigos ( me desmayé en el trabajo). A primeros de Enero, acudo al médico de urgencias del CAP por un gran estado nervioso. Dicho médico determina que tengo ansiedad y me deriva a mi médico de Familia, el cuál me alarga la baja .
Fui citada por la Mutua del Trabajo, donde se me aconsejó seguimiento Psicológico. Me indicaron que lo gestionara a través de mi mutua privada, ya que iría más rapido.
A mediados de Febrero, el médico de la Mutua me deriva a un Psiquiatra.
Cuando vuelvo a acudir a dicho médico, me presenta la citación del ICAM.
Comparezco el 11 de marzo y me dan el Alta.
Tengo recaídas los días 12,13 15 y 18 de Marzo. Acudo tanto a médicos de Urgencia como al Hospital. En los informes se aconseja valorar baja por recaída y visita urgente a psiquiatra de Seguridad Social. Acudo al ICAM con los informes y me deniegan la baja alegando que el informe del psiquiatra del que ellos disponen tiene mayor validez que los informes que les presento.
Ante la situación generada, mi empresa me recoloca días de vacaciones para que me recupere.
Al volver al trabajo en Abril, vuelvo a tener crisis de ansiedad y he de volver a ir de urgencias. Mismo dictamen: valoración de recaída.
Vuelvo al Icam y misma respuesta : denegada.
La empresa me indica que en esa situación no puedo trabajar y me deriva al Departamento Médico de la misma. Desde allí me han hecho un informe indicando que no estoy en condiciones de trabajar y no se me puede reubicar en otro departamento.
El próximo 23 de Abril tengo visita con el Psiquiatra.
Si presento la nueva documentación al Icam, ¿pueden denegarme nuevamente la baja?

2 respuestas

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Bueno esto no pinta nada claro, ya que la ICAM, es la única que puede emitir el informe para que una baja IT, sea o no recaída, en este caso que ya ha intervenido.

Debes saber lo siguiente; 1º estamos ante una IT., por enfermedad considera común. 2º el papel de la mutua patronal, es vigilar y promover la pronta recuperación de los trabajadores, ellos no tienen ninguna competencia en esta baja, sólo pueden emitir un informe al INSS (en tu caso SCS), con propuesta de alta, si se diera el caso, ya que lo que les interesa es tú pronta recuperación cara a la empresa, de hay que te enviarán a tu mutua privada. Las mutuas patronales, donde tienen todas las competencias es en los accidentes de trabajo. 3º el ICAM., sólo aceptará informes de sus unidades médicas (S.S.).

Yo esperaría al día 23, que imagino es el Psiquiatra de la S.S., ya que lo de la mutua no te servirá, a no ser que en un futuro plantees una demanda contra el INSS o SCS., le expondría todo lo sucedido y que el confeccionará el informe que posteriormente tendría el ICAM, entonces lo apoyas con la carta de la empresa, y suerte.

Disculpa los posibles fallos en los acrónimos ya que en cada comunidad son letras diferentes.

Buenas tardes, Tonisoco,

Ante,todo, agradecerte la rápida respuesta.

El informe de la psiquitra de la Seguridad Social, no es concluyente, ya que sí diagnostica la enfermedad, pero indica que no puede emitir una valoracion de recaida con una sóla visita.

Me ha citado para finales de Mayo

ünicamente me puedo presentar al Icam con el informe de la empresa, en el que explica que en mi estado no puedo ejercer mis funciones habituales y no hay posibilidad de recolocación

Dicho informe tendría validez?

Y por último, la doctora que me ha de valorar tiene potestad propia para darme la baja por recaida??? En visitas anteriores me han dicho que no, que lo ha de valorar otro departamento.

Gracias por antelación

Luisen06

Como ya te indique, los únicos que pueden aceptar la recaída en una IT, es el ICAM o la inspección según comunidades. El facultativo lo que debe hacer es un informe de tu estado para ellos.

Dudo, pero lo puedes intentar, que la carta de la empresa haga reconsiderar la opinión del ICAM, ten en cuenta que si tú pasas a una situación de Incapacidad Permanente, quien más gana es la empresa, deja de pagarte estando de IT, y te da de baja sin indemnización.

Si no lo consigues tendrás que volver, momentáneamente, al trabajo y esperar la visita de Mayo, a ver si la Sra. Dra., ya puede emitir un informe, que ya le vale. Ten en cuenta que los facultativos están muy presionados y les cuesta informar para largos periodos de IT, debido al gran abuso de estos últimos años, que los más fácil para coger una IT., era lo del síndrome de ansiedad, así de genérico, con ésto se firmaban bajas de 12 o más meses, ahora pagan justos por pecadores.

En fin siento no poder darte mejores noticias pero es que el entramado de la INSS., es muy complicado.

Otra opción pero resultaría un coste para ti, y tienes que valorar que es lo qué más te interesa; si trabajar o pasar a Incapacidad Permanente, que de concedértela será la más baja, o sea la Total, que inhabilita para la profesión actual pero permite trabajar en otras, la pensión es de 55%, más un 20% según la edad y puedes compaginarla con otro trabajo diferente del causante, seria solicitar tú la Incapacidad Permanente (IP), adjuntando los informes y valoraciones que tienes, te volvería a citar el ICAM, y te daría una resolución, ten en cuenta que aquí ya no hablamos de una recaída, sino de solicitar una IP, con la resolución, si fuera negativa, demandarles y que sea un Juez quien dictamine, debes buscarte un profesional y un perito médico para el careo con el médico del INSS.

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En tu próxima visita al ICAM debes presentar toda aquella documentación nueva de la que dispongas (valoración por parte de la empresa, informes del psiquiatra...), ahora bien, ellos valoran y se acogen a sus propios criterios, por lo que no puedo asegurarte que es lo que harán, pero si pueden volver a denegar la baja.

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