Me denegaron el pago único o capitalización

Hola, hace unos meses monte una empresa y antes de hacerlo pedí la ayuda que da el estado si estas en el paro para montar una empresa, el pago único. Lo que paso es que se me olvido sellar el paro y mi gestoría presento los papeles para pedir la ayuda cuando evidentemente no cumplía uno de los requisitos para recibir dicha ayuda, que es estar dado de alta en el Inem. Evidentemente el fallo fue mio, reclame pero dijeron que no se podía hacer nada y por ello voy a perder 5000 euros, el 40% en efectivo y otros 10000 para pagar autónomos mes a mes hasta que se acabe. Como puedes comprender quiero saber si hay alguna manera o resquicio para recuperar ese dinero con el cual contaba para montar mi empresa y ahora tengo problemas económicos.
Un saludo y gracias de antemano.
Marcos

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Si el beneficiario no iniciase la actividad y/o no justificase la afectación
Del importe abonado en los plazos indicados, la Entidad Gestora procederá a la
Reclamación la misma como prestación indebidamente percibida, quedando obligado
El trabajador a su reintegro.
Artículo 231. Obligaciones de los trabajadores.
1. Son obligaciones de los trabajadores:

A-Cotizar por la aportación correspondiente a la contingencia de desempleo.
B-Proporcionar la documentación e información que reglamentariamente se determinen a efectos del reconocimiento, suspensión, extinción o reanudación del derecho a las prestaciones.
C-Participar en las acciones de formación profesional y en los trabajos temporales de colaboración social que determine el Instituto Nacional de Empleo y aceptar la colocación adecuada que le sea ofrecida por la Oficina de Empleo.
D-Renovar la demanda de empleo en la forma y fechas en que se determinen por la entidad gestora en el documento de renovación de la demanda y comparecer cuando haya sido previamente requerido ante la entidad gestora.
E-Solicitar la baja en las prestaciones por desempleo cuando se produzcan situaciones de suspensión o extinción del derecho o se dejen de reunir los requisitos exigidos para su percepción.
F-Reintegrar las prestaciones indebidamente percibidas.
Por lo que he visto, en la ley Gral de la Seg Soc, en este articulo, si no firmamos la cartilla dejamos de tener el derecho de cobrar las prestaciones (aunque sea en el método de pago único) y ademas nos dice que debemos de devolver las cantidades que no nos correspondan. Aquí entiendo que el pago inicial y los pagos a la Seg Soc desde que se constituyo la empresa, es lo que hay que devolver, desde que nos quitan el derecho a cobrar la prestación, NO SE HA DISFRUTADO DE ESE DINERO.
Si fue el INEM quien dio las ayudas sin haber entregado (nosotros) uno de los documentos que se requieren para obtener este tipo de prestación (la cartilla del paro), creo que con un buen abogado, podría hacerse algo. Aunque es muy complicado, pues tendríamos que demostrar que NOSOTROS obramos de buena Fe no entregando la cartilla, el INEM no lo requirió y ademas no lo comprobó en la base de datos, (seria como que el INEM actúo de forma negligente), pero esto es secundario, pues lo pral. es DEMOSTRAR QUE OBRAMOS DE BUENA FE Y NO ENTREGAMOS LA CARTILLA POR OLVIDO Y NO RENOVAMOS POR DESPISTE, esto es lo que hay que convencer al Juez y que la defensa del Estado lo lleve flojo (cosa difícil)
Por ahora es lo único que te puedo decir, aun así espero haberte ayudado

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