Facturación de Asociaciones

¿Puede una Asociación que cobra por servicios de logopedia y psicopedagogía a sus asociados, facturar por estos servicios de cara a justificar una beca solicitada para estos conceptos?

El caso es el siguiente, a una niña que ha percibido una beca de Educación Especial para acudir a un gabinete de psicología, por parte de la Delegación Territorial de Educación, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, se le exige que justifique la beca percibida mediante facturas que acrediten que efectivamente se ha gastado el importe de dicha beca en psicología. La niña ha acudido a una Asociación de la cuál es socia, y esta asociación solamente expide un certificado, pero la delegación dicen que no es correcto que tiene que ser factura. Me podrían indicar si esto es correcto o no, y donde puedo encontrar esta normativa por si tengo que proceder a reclamar en la administración.

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Una asociación puede tener actividad económica y declarar por ella, pagando el Impuesto de Sociedades. La mayoría de las asociaciones, prestan servicios a sus asociados, pero no declaran una actividad económica, sino una cuota o donación para evitar declarar actividad económica, con lo que no emiten facturas, solo recibos...

Ser miembro de una asociación, no significa que se reciban unos servicios, que puedan ser considerados actividad económica... Ni que todos los socios reciban estos servicios...

En cualquier caso, si hablan con la asociación, es posible que les emita la factura, o alguno de los profesionales que trabaja en esa asociación y este dado de alta...

Y para las subvenciones, le exigirán una factura...

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