Legalidad de un documento privado

La comunidad de propietarios hemos decidido pintar el edificio.El pintor nos dice que si queremos y para que sea algo más económico lo podemos hacer sin IVA y que si hacemos un documento privado entre la comunidad y él, no tendríamos ningún problema a la hora de hacer efectiva la garantía, o reclamar legalmente por cualquier problema que pudiéramos tener, por ejemplo el que algún propietario se demorase en el pago de su cuota. ¿Es verdad? En ese caso ¿El documento sería legal si lo redacta el presidente de la comunidad y lo firman ambas partes, especificando con detalle los trabajos a realizar, el importe y la duración de la garantía? Saludos y gracias. La respuesta me urge.

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El documento tendría la legalidad que ambas partes le den, es decir personas legales.
Si tienes un problema de trabajo mal realizado, sin factura no podrías reclamar ante la Oficina de consumo de tu comunidad. Para éste tipo de reclamaciones es IMPRESCINDIBLE la factura legal.
Yo no te recomiendo que hagáis un trabajo de pintura o cualquier otra cosa, sin tener el dinero para ello. Lo ideal es hacer una derrama antes de que empiecen los trabajos.
Si algún vecino se negase a pagar, no tendríais factura de trabajo realizado para presentar la demanda del pago, y si quisiera encima os podría denunciar por contratar un trabajo ilegalmente.
Otra cosa, si es el pintor el que lo ha sugerido, probablemente trabaje siempre en negro, ! Ojo con ello!
Debe tener sus autónomos pagados y además un seguro de Rsponsabilidad Civil, ten en cuenta que la responsable subsidiaria si pasa alguna cosa es la Comunidad que le contrate.
Si es de fiar, y tiene los seguros en regla, yo te sugiero que hagáis una parte en factura y otra parte en negro, no os ahorráis tanto dinero, pero ganáis en garantías(si hay que hacer una reclamación, ya tendrás una factura) y seguridad.

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