Aportación de inmueble como capital

Querría saber como me influiría de cara a tributacion(itp/ajd, irpf...) la aportación como capital social en especie un inmueble en una sociedad, y que requisitos habría que cumplir para que esta sociedad no fuese considerada patrimonial. Gracias

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La ley 16/2002 establece los requisitos para que sea considerada patrimonial, entre ellos es que se dedique al arrendamiento o sea una sociedad de mera tenencia de bienes, es decir sin actividad económica.
Por la aportación pagarías de ITPAJD el 1% del valor que le des al aportarlo. Si el inmueble esta escriturado antes de 31-12-1986 te interesea poner el valor real ya que no pagarías nada en renta, y si es entre 1986 y 1996 la reducción va bajando conforme más cerca este de 1996, a partir de ahí no hay reducción de la ganancia.
Tendrías que hacer números, ya que si la S.L dice de vender el inmueble la ganancia que se genere tributa al 30 % los 90.000 primero euros y al 35 % el resto.

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