Ante cambios de condiciones laborales (horarios,...) dentro de la misma empresa qué derechos tienes

Trabajo desde hace bastantes años en una empresa con dos centros de trabajo. Mi centro A, ha sufrido una serie de cambios y ahora he pasado a depender exclusivamente de mi centro B, aunque sigo estando físicamente en el A. Los centros de trabajo están a unos 100 km el uno del otro y pertenecen a diferentes provincias de la misma comunidad autónoma. Tengo dos preguntas:

1-Me han cambiado hace ya un par de meses de algunas condiciones en cuanto a permisos, vacaciones, etc. Me quitan un día de permiso por asuntos propios y además dejo de disfrutar de los llamados "permisos a recuperar" que en el centro A se usan para ir al médico a acompañar familiares (padres, hijos...) o alguna emergencia personal. En el centro B estos permisos no se pueden utilizar (no hay posibilidad de recuperación en otros momentos), sólo se pueden restar en horas de tus vacaciones o de tus días de asuntos propios. Reclamé por escrito pero me dijeron que ya que pertenezco al centro B (aunque yo físicamente estoy en el A), ¿tengo qué cumplir las condiciones del centro B. Tengo algún derecho frente a esto? ¿Está escrito en el estatuto de los trabajadores?

2-De un momento a otro podrían trasladarme al centro B, aunque no esté realmente justificado el traslado y conozco mis derechos según el estatuto de los trabajadores, pero además de una compensación económica (de los km entre un sitio y otro), podría reclamar una compensación en horario de trabajo (por el tiempo de traslado), ya que no me trasladaría con toda mi familia (marido, hijos en colegio), iría en coche cada día.

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Deberían aplicarte las condiciones del centro en el que trabajas "normalmente"; habría que ver si es que perteneces al otro centro pero se te considera "desplazada" al que estás... entonces podría haber cierta justificación para acogerte a las políticas del otro centro, por ejemplo, que en tu contrato o anexo lo ponga...

Respecto a cuando te cambien de centro... te deberán pagar kilometraje o un plus transporte, pero no podrías reclamar ningún tipo más de compensación, ese cambio se considera cambio sustancial de condiciones de trabajo, por lo que tendrían que ofrecerte el cambio o liquidar tu contrato con 20 días de indemnización.

El tiempo de desplazamiento por desgracia es "cosa tuya", tú puedes pedir y la empresa valorarlo y considerar que porque te quedes merece la pena llegar a un acuerdo... pero no están obligados, si te ofrecen otro centro puedes decir que sí (con sus condiciones) o que no (despido objetivo con 20 días de indemnización).

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