Periodo de lactancia y reducción de jornada

Buenos días, mi duda es la siguiente yo soy administrativa en madrid pertenezco al convenio del comercio del metal, estoy embarazada y me gustaría saber si puede disfrutar del permiso de lactancia pero unido y cuantos días me corresponderían en el caso de ser así.
También me gustaría saber como puedo reducir la jornada una vez me incorpore después de la baja maternal mi horario es de 9 a 14 y 16 a 19 h de lunes a viernes.
Espero vuestra respuesta, gracias de antemano.

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Según he visto el convenio del comercio de metal para la Comunidad de Madrid no hace referencia a los permisos, así que se aplicara lo que establece el art 37.4 del ET. Este permiso te permite ausentarte una hora del puesto (puede dividir en dos fracciones) o también puedes solicitar reducción de jornada de media hora (disminución proporcional del salario). Puedes disfrutarlo cuando tienes hijo menor de 9 meses hasta que se acaba ese periodo. Determinar la hora y periodo de disfrute te corresponde a ti, siempre que no existan muchas solicitudes de otros trabajadores que oblligue al empresario a fijar los horarios.. pero siempre debes preavisar con 15 días.
En cuanto a lo segundo, puedes solicitar, en vitud de medidas para la conciliación de la vida familiary laboral (ley 39/1999) que se aplique reducción de jornada laboral por cuidado de hijo menor de 6 años, y en este caso también tienes preferencia para concretar el horario y periodo de disfrute. (La reducción debe ser de entre 1/3 -1/2 de la jornada).
Te recuerdo que debes puntuar para finalizar la pregunta.
En el caso del periodo de lactancia si lo quisiera coger unido no en fracciones si no juntarlo todo, cuantos días me pertenecerían.
Te corresponde igualmente como max 9 meses de lactancia. Puedes disfrutar del permiso
- Con ausencia del puesto durante una hora por jornada
- Con ausencia del puesto dividida en 30mtos al principio y final de la jornada
- Reducción de la jornada de 30mts
Tu deberías elegir el modo, horario y periodo. Es un derecho que también puedes compartir con el cónyuge si es trabajador (según la ley para la igualdad efectiva..)
Debes comunicarlo a la empresa 15 días antes del inicio.

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