Permiso por ingreso de abuela

El martes al medidodia me avisaron que le había dado un infarto cerebral a mi abuela y que se podía morir en cualquier momento. Avise a la empresa y no me incorpore las 3 horas que me quedaban de trabajar por la tarde. Mi convenio especifica que me corresponden 3 días por enfermedad de pariente hasta 2º grado. Yo calcule que los 3 días eran igual a 72h. Naturales. Me incorpore a trabajar el viernes por la tarde y me han dicho que tenia que haber trabajado el viernes por la mañana porque aunque yo trabaje toda la mañana del martes se me contabiliza el día entero dentro de los tres días que me corresponden. A mi no me parece justo, ¿es esto así?
Ademas yo vivo en valladolid y mi abuela esta ingresada en Alcorcón (Madrid) y no me corresponde 1 día más por desplazamiento porque el convenio dice que tiene que ser más de 200km. Y que lo miden por capitales de provincia y Valladolid-Madrid son 185km. Independientemente de que parte de Valladolid vivas y a que localidad de Madrid te desplaces, y yo esto tampoco lo veo muy claro. Si me lo puedes aclarar te lo agradecería pues me quieren descontar las 5 horas que según ellos tendría que haber trabajado el viernes por la mañana.

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El estatuto de los trabajadores dice: Art. 37:
b) Dos días en los casos de nacimiento de hijo o enfermedad grave o fallecimiento de
parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad. Cuando, con tal motivo, el
trabajador necesite hacer un desplazamiento al efecto, el plazo será de cuatro días.
No se que convenio tienes, pero los convenios solo pueden mejorar lo que dice el estatuto, nunca empeorarlo. Además por sentencias que he visto, desplazamiento se entiende solo por desplazarse fuera de otra provincia.
Con respecto a los días naturales, si es cierto que cuentan desde el momento del ingreso. Si a tu abuela la ingresaron el día 22, empieza a contar desde el día 22 los cuatro días, no por horas.

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