Excedencia por cuidado de hijos.

Hola, buenas... Necesito resolver una duda. Me incorporé al trabajo después de la baja maternal y ahora estoy pensando en cogerme una excedencia para cuidar del bebé. ¿Podría cogérmela sólo los meses de junio y septiembre y volver a hacer lo mismo el verano que viene? Muchas gracias.

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Efectivamente puedes acogerte a la Reducción de Jornada por Guarda Legal de un menor de 8 años, sólo durante los meses de verano.
En esta situación, es el trabajador el que elige como quiere disfrutar su derecho a reducir la jornada, dentro del horario habitual de la empresa y cuando quiere disfrutarlo.
Hola! Muchas gracias por tú interés. Pero pregunto sobre excedencia, no reducción de jornada. Quería cogérmela los meses de junio y septiembre exclusivamente. ¿Tú crees que puedo?
Perdona que te haya contestado sobre la reducción de jornada.
Respecto a lo que me consultas sobre si puedes disfrutar los meses de verano de excedencia, decirte que sí. Este tipo de excedencia puede disfrutarse de forma fracionada.
La excedencia por cuidado de hijos, tendrá una duración máxima de 3 años, salvo que tu convenio colectivo establezca una duración superior.

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