¿Es necesario dar de baja un sociedad limitada si no tiene actividad y esta de baja en hacienda?

Hace 5 años formamos una SL que duró apenas 3 meses, desde entonces di la empresa de baja en hacienda y en la seguridad social, pero la sociedad todavía está en el registro, ¿es obligatorio darla de baja o se extingue sola a los 5 años de inactividad?. Aclarar que no dejamos a deber nada a nadie y estuvimos al corriente de todos los pagos, pero desde hace 5 años no he presentado nada en ningún sitio acerca de la empresa.

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Voy a intentar darle mi opinión al respecto de forma resumida. Es una de las consultas más frecuentes en este foro y la he respondido en muchas ocasiones anteriores. En teoría, la sociedad inactiva sigue estando obligada a presentar las cuentas en el Registro y el Impuesto de Sociedades en Hacienda. En caso de incumplimiento, el Registro Mercantil no dice nada, pero Hacienda si que está mandado numerosos requerimientos a las sociedades inactivas.

En la práctica, si la SL no debe nada, está inactiva y Hacienda no ha dicho nada, lo mejor es dejarla tal cual. Probablemente llegará un día en el que el Registro, de oficio, la dará de baja. Yo no me preocuparía demasiado. Pero no olvide que existe un riesgo frente a Hacienda por la falta de presentación del IS (aunque si en los últimos 5 años no le han dicho nada, es posible que no reciba más noticias de ellos).

Me gustaría poder responder con mayor rotundidad, pero he visto casos de todos los colores y he llegado a la conclusión de que la postura de Hacienda va por barrios (hay provincias en las que se ponen más tercos que en otras).

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