Responsabilidades en Sociedad Laboral Limitada

Una S.L.L., si tiene socios trabajadores con participaciones en la empresa de clase laboral, en el caso de que hubiese deudas, ¿Es verdad que les afectaría solo económicamente en cuanto a la participación económica que hicieron en el momento de constituir la sociedad? O por el contrario, ¿Deberán abonar de alguna manera las cantidades a deber con dinero propio o dinero de sus propios salarios?.
Muchas gracias por su respuesta.

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Las sociedades mercantiles de responsabilidad limitada (como las SLL) limitan la responsabilidad de los socios a la aportación efectuada en el capital social. En pocas palabras, si las cosas salen mal, lo único que se pierde es lo aportado. Eso, naturalmente, siempre que no se dieran situaciones de quiebras fraudulentas que pudieran dar lugar a exigir responsabilidad directa de los implicados (no suele ocurrir).

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