Facturar a una comunidad de bienes

¿Puede un comunero facturar a su propia comunidad de bienes?

1 respuesta

Respuesta
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Un comunero puede facturar a una comunidad de bienes, pues esta tiene personalidad jurídica propia.
Otra cuestión es que se tratara de una operación vinculada, que así se ha de declarar. Incluso pude ser necesario documentar la misma, dependiendo del importe y las características de la comunidad de bienes.
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