Venta de un Inmovilizado de empresa inactiva

Sr. Experto,

Desde 10/2010 tengo en situación inactiva una S.L.( en la provincia de Barcelona), debido a las constantes pérdidas surgidas en los últimos años.

Durante bastante tiempo aporté dinero en aras de subsistir y para la posible salvación, cosa que resultó imposible.

Un conocido, me aconseja vender el local en el que se ejercía la actividad, o bien, pasarlo a mi nombre, conmutando la deuda que tiene conmigo la sociedad, y de este modo yo podría negociar con dicho inmovilizado (venderlo, alquilarlo como particular).

¿Esto es posible? En caso afirmativo, ¿qué trámites deberá realizar y qué gastos me ocasionarían? .Muchas gracias por su ayuda. Antonio

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La respuesta no es compleja, pero posiblemente la situación sí, y mi respuesta está condicionada a muchos factores que no se indican.

Suponiendo que la empresa está inactiva, las pérdidas están documentadas, el local no tiene cargas y dispone de la mayoría del capital social, podría crear una junta de accionistas que acordara por un precio vender el local a su nombre personal, pagara su importe, se ingresara en la cuenta de la sociedad y pudiera disponer del mismo para la venta, alquiler o cualquier otra actividad.

Los gastos serían los propios de cualquier compra-venta.

Gracias por contestarme,

En efecto, la empresa está inactiva desde finales de 2010 y las pérdidas documentadas y reflejadas en el balance, cuenta subgrupo 17 como aportación de acciónistas. El local no tiene cargas, sólo el levantamiento de hipoteca desde hace unos 9 años aprox. que ese terminó de paragar. Tengo el 98% de las participaciones. El 2% lo tiene un familiar.

Me gustaría que me indicase como proceder, porque no me puedo permitir la contratación de un profesional para realizar los trámites. Muy agradecido. Antonio

Insisto en que si conocer todas las variables de la empresa la respuesta se circunscribe a los datos aportados.

Si la empresa carece de prestados, deudas, proveedores y acreedores evitaría la compra-venta por varias razones:

1.- La sociedad deberá pagar impuestos por la transmisión y declarar los beneficios (IS, Plusvalías, costes transmisión, etc)

2.- La adquisición como particular también lleva incluido costes (Imp. Trans., IVA, etc)

Ya que es el titular en un 98 % de la sociedad, y su interés es disponer de la finca para su venta o arriendo, mantendría la sociedad, cambiaría el objeto social y su actividad, compraría el 2% restante y haría uso de la sociedad como patrimonial para poder disponer libremente del local.

No pagaría impuestos, los costes serían únicamente de Notario y registro, pago del 2% restante y en los futuros ingresos podría compensar las pérdidas anteriores.

Reitero que es precisa mucha más información sobre la sociedad.

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