Hacienda declaración

? Nunca he hecho la declaración y me acabo de enterar que por trabajar y después cobrar paro por la suma de ingresos debería haberla hecho. Me han dicho que tengo que pedir en hacienda mis datos fiscales y me darán para hacer la declaración que no tengo ni idea de como se hace porque nunca la hice y no se si puedo desgravar el alquiler de ese año porque el propietario no declaro en el registro y por lo tanto es privado.
No tengo ingresos hace meses pero me ayuda mi novia y familia. En ese año con unos ahorrillos compre un par de vehículos de unos 1000€ cada uno para ver si le sacaba rentabilidad en ese año. Y alguna multa e impuesto de algún coche es todo lo que puedo ser para hacienda.
En 2009 trabaje hasta agosto cobrando 1500€, me echaron después de un año el resto del año en paro con 970€. Hasta que termino el paro 11 meses y 6 meses de ayuda de 420€.
¿Qué debo hacer? ¿Estoy preocupado por si la sanción pasa encima de mis posibilidades y que puede pasar?
Gracias por su tiempo.

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Efectivamente, existen diferentes situaciones por las que uno está obligado a hacer la declaración de renta. La más habitual es cuando uno sólo percibe ingresos de una empresa, y declarará cuando supere los 22000 euros al año.
Sin embargo cuando el trabajador ha cobrado ingresos de más de una empresa o entidad, el límite se sitúa en 11.200 euros. Es decir que si supera esa cantidad sí tendrás que presentar la declaración.
En tu caso, tienes dos perceptores, la empresa y el paro, cobrando brutas unos 12000 euros de la empresa más 3880 de paro, que hacen 15.880 euros aproximadamente (de enero a agosto en la empresa, y de sept a diciemb en el paro), con lo que al haber cobrado más de 11.200 euros, tienes obligación de hacerla.
Hacienda una vez que finaliza el periodo de declaración (mayo y junio), no realiza declaraciones, con lo que si no sabes cómo hacerla, debes dirigirte a algún asesor que pueda realizarla y presentarla.
Si la renta te sale a pagar y si la presentas sin ninguna carta previa de hacienda, llevará lo que pagues un recargo del 10% presentándola antes del 31 de diciembre. Si no lo haces y te llega una carta de la aeat diciendo que tienes que presentarla, deberás pagar la declaración más una sanción que puede suponer en torno al 50% de lo que pagues, aparte de la no atención al requerimiento que lleva otra sanción aparejada.
Mi consejo es que presentes la declaración. Lo mismo con las deducciones o retenciones de la nómina, le puede resultar a devolver.
Si quiere más información o que le presente la declaración tras la documentación oportuna, póngase en contacto al [email protected], y solucionaremos su problema.

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