Alta operadores intracomunitarios

Tengo una persona que es guía de turismo y esta dada de alta como tal. Ahora me dicen que por los servicios que presta en territorio español a empresas que están en la comunidad europea, debe darse de alta como operador intracomunitario y declarar el modelo 349 por la facturación a empresas comunitarias aunque el servicio se preste en Barcelona, concretamente. ¿Esto es así? ¿Dónde está regulado? Lleva años de alta y nunca se ha hecho. ¿Puede haber algún problema?

Respuesta
1

Para que se trate de operación intracomunitaria, la otra parte ha de ser una empresa que también este dada de alta como operador intracomunitaria. Y usted también ha de estar dado de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios.

En caso contrario, no se pueden declarar como operación intracomunitarias. Y serán facturas normales, con IVA.

www.abogadosedo.com

Si la otra empresa esta dada de alta como operador intracomunitario? Entonces debe darse de alta? Es que veo una contradicción el darse de alta como operador intracomunitario si el servicio se presta en territorio español.

Gracias

Montse

Esto es algo complejo. Usted se puede dar de alta como operador intracomunitario y si la otra empresa también esta dada de alta, tendrá que estudiarse el caso en concreto.

Normalmente cuando es B2B, se factura intracomunitario, pues se entiende que es un servicio para la empresa que esta en otro país europeo, aunque se preste desde España...

Agradecemos valoración de la respuesta.

Gracias, no me queda muy claro. ya que lo veo totalmente contradictorio, pero gracias.

En Hacienda me dicen que debo de dar de alta como operador, pero no lo veo.

Montse

La legislación del IVA es muy compleja y no solo depende de quien preste el servicio, sino a quien y donde... incluso del tipo de bien o servicio...

Agradecemos valoración y cierre de la pregunta.

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