Dos pisos en alquiler.

Gracias por su ayuda desinteresada.
Tengo un piso alquilado desde hace dos años a mi nombre, se declara a Hacienda.
Mi mujer y yo hemos comprado uno y lo tenemos en alquiler. Recuerdo que cuando hice la renta del año pasado me preguntaban si tenía más de dos viviendas alquiladas, era una opción o como si has vendido dos propiedades o algo así.
Mi pregunta es mejor poner en el contrato de este piso a nombre de mi mujer por tener
más fiscalidad o bueno, que consejo me das, un saludo.
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Si la vivienda la habéis comprado los dos, tenéis que alquilarla los dos. Esos ingresos irían al 50%
www.asinpe.es

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Entiendo que tengo un piso quieres decir que eres el propietario de un piso y lo tienes en alquiler y que has comprado otro con tu mujer.
Bueno lo primero que tenemos que saber es que si estáis en gananciales, pues tanto uno como otro los ingresos se pueden dividir, y lo único es que deberíais poner el contrato a nombre de los dos. ( Que por cierto si el piso esta destinado a vivienda habitual puede tener exenciones de un 50% y de hasta un 100% ( si es menor de no se que edad y tiene ingresos superiores a Salario mínimo interprofesional o IPREM), ( con lo cual interesa selección inquilinos, bueno aparte de este inciso, si el primero piso lo compraste tu en separación de bienees o de forma privativa y no lo aportas al matrimonio en realidad ese piso es tuyo y te tendrías como estas haciendo imputar esos ingresos a tu persona.
Ahora si el otro piso lo habéis comprado los dos ( ya sea separación de bienes, o gananciales), da igual ya que lo habéis comprado los dos, en teoría tendríais que imputar las ganancias los dos, en base al porcentaje que hayáis comprado que me imagino sera el 50%. Y eso del contrato a nombre de uno y otro da igual ya que hacienda hoy en día, es la eficiencia informática y esta conecctada con la mayoría de los organismos, con lo cual a la hora de comprar el piso el notario le ha dicho a hacienda que tal persona con tal dni, ha comprado un piso por tal importe. Y también el catastro sabe que tal finca con tal referencia catastral esta al 50% a nombre de tal y tal con tal y tal dni. Con esto te quiero decir, que en principio si pones el contrato a nombre de tu mujer, a lo mejor no pasa nada pero últimamente con lo fino que está hilando hacienda, es preferible a nivel fiscal buscar inquilinos (libres de impuestos je je), si tienes alguna duda de las características para los inquilinos, no me cierres la pregunta y te digo exactamente los requisitos para la exención de los ingresos por alquiler de viivenda habitual al 100%.

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