Transferencias desde país europeo y hacienda

Hace cosa de más de 1 año le dejé una cantidad de dinero a una amiga que vive en Italia. Ahora puede empezar a devolvérmelo en pequeñas cantidades (¿transferencias mensuales de 500?).
¿Tendré problema con hacienda por recibir mensualmente estas transferencias, o simplemente cuando vaya a hacer la declaración simplemente tengo que declarar lo que me ha rentabilizado el dinero en mi cuenta?.
Es decir, ¿si yo en mi cuenta tengo 1000? Y al finalizar el año y tras las transferencias tengo 1000 + 6000 = 7000, ¿Yo sólo tendría que declarar lo que me han rentabilizado esos 7000? O hacienda al ver que recibo una transferencia mensual tendré justificar de alguna forma el por qué y de donde recibo yo ese dinero.

6 respuestas

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Realmente en tu caso no se como funciona, es un préstamo entre particulares en el cual me imagino que no habrá documentos ninguno ni contrato,
Lo más seguro es como son pequeñas cantidades que solo tengas que presentar el documento del banco, pero realmente no tengo ni idea
Lo siento .
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La cantidad es muy pequeña para que la detecte Hacienda pero para curarte en salud, puedes hacer un justificante de que le dejaste el dinero a tu amiga.
¿Cuándo dices que la cantidad es muy pequeña, a que te refieres a las transferencias mensuales que me irá haciendo mi amiga o a la cantidad total que le dejé?, la cantidad total que le dejé no fueron 6000 euros como he puesto en el ejemplo, sino 18000, por lo que tardará 3 años en devolvérmelo todo, de ahí mi preocupación de estar recibiendo durante 3 años las transferencias mensuales.
Y por último a que te refireres con lo de hacer un justificante, ¿un simple escrito que firmemos los dos?
Gracias por las respuestas
No creo que Hacienda te reclame nada porque la cantidad mensual no dispara ninguna alerta.
Un simple escrito, con la fecha en la que le dejaste el dinero, en la que tu digas que le prestas la cantidad de dinero y que ella se compromete a devolvértelo.
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Si has realizado un préstamo, deberías tener justificante de ello. Por ejemplo un contrato privado entre ambos. En ese caso deberías declarar en tu renta como rendimientos de capital mobiliario los intereses que has recibido. Osea que se le has dejado 1000 y te devuelve 1500, tienes que declarar 500.
Un saludo
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No fue un préstamo legalmente hablando, ya que sólo tengo como justificante el recibo del banco con la transferencia que le realicé. Por otro lado ella no me va a devolver más dinero del que le dejé, la misma cantidad que le dejé es la que me va a devolver.
Lo único es que ella en lugar de devolverme todo la cantidad de golpe me la va a devolver poco a poco, por eso la duda de si el recibir mensualmente 500 euros en mi cuenta desde el extranjero tendría problemas con hacienda
Te recomiendo que hagas un contrato privado, que indiques lo que le has prestado y que ha sido a tipo 0% de interés, y la forma de pago, por si Agencia Tributaria te pidiera explicaciones.
Un saludo
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Formalmente, si queremos hacerlo todo bien, es un poco complicado porque te has convertido en acreedora y eso hay que declararlo de una manera determinada.
Lo que ocurre es que no creo que tengas este problema por las cantidades de las que me hablas, por lo que lo más sencillo es que tributes por los intereses que te generen los saldos en cuenta.
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No soy una experta en materia fiscal comunitaria, pero no le des importancia al hecho de que te realicen transferencias desde un país como Italia, que es de la CE y hay libre movimiento de capitales. En cuanto a lo que tendrás que declarar a hacienda es por los rendimientos o intereses percibidos por tus ahorros, es decir, ¿por cada 100? De intereses percibidos creo que tienes que pagar entre 18 y 21 %, ¿una cantidad que aunque el porcentaje sea alto al ser de tan solo 6000 o 7000?, si te dieran un 5% en el banco, ¿estaríamos hablando de 300? al 21 %, no más de 60? Al año, por lo que no creo que este importe sea muy relevante para ti.
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Es posible que deba hacerlo si ademas tiene ingresos periódicos. Hay que conocer en conepto de que recibe la transferencia.
En caso de que deba justificar esas transferencias mensuales ¿valdría con el justificante del banco de la transferencia que yo le hice?.
¿En el concepto de las transferencias que ella me realiza valdría con ella pusiera "Devolución dinero a 0% interés" por ejemplo?
¿Usted ha planteado que de una cantidad de 1.000? ¿Recibe 6.000?. No me cuadra lo que me pregunta. Por otra parte si declara este concepto en el cobro, tendrá que declararlo previamente a la declaración de la renta. No obstante no busque un pronunciamiento sin examinar el caso concreto. No lo voy a hacer.

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