Pago fraccionado

Trabajo en una empresa que se constituyó en abril de 2004, no sé si tengo que hacer este año los pagos fraccionados del impuesto sobre sociedades, modelo 202, y me gustaría que me explicarán cómo debo hacerlo y los plazos que tengo.

1 respuesta

Respuesta
1
Si te refieres al pago que se hizo en octubre de 2004 aun no estabas obligada a hacerlo, porque como muy bien dices y yo te comenté, se calcula en función del IS del ejercicio anterior, de 2003, que aun no estabais constituidos.
Por lo tanto, no te preocupes, cuando llegue julio haz el IS de 2004, y si da resultado de beneficios vuelve a escribirme y empezamos a calcular los pagos fraccionados de octubre, diciembre y abril.
Atentamente,
rch01
Muchísimas gracias por tu ayuda.
Un saludo.
Hay dos formas de calcular los pagos fraccionados.
Una es aplicar un tipo fijo (18%) sobre el resultado positivo declarado en el impuesto de sociedades del ejercicio anterior. Como constituisteis la empresa en 2004 no hay IS de ejercicio anterior, y por lo tanto aún no tendrías que presentar pagos fraccionados.
Siguiendo este sistema solo se presentan pagos fraccionados si el resultado anterior fue positivo (hubo beneficios).
El segundo sistema es más complejo, pues hay que pagar en función del resultado acumulado que vas obteniendo durante el ejercicio. Este sistema te permite pagar o no en función del propio resultado actual. Ahora bien, este sistema es más complejo y requiere mayor atención.
En caso que no hayas notificado lo contratio (cuando os disteis de alta con el Modelo 036) se os aplicará el primer sistema.
Durante el año se presentan (si procede) 3 pagos fraccionados, en abril, octubre y diciembre.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas