Finalizada prestación por desempleo

Mi consulta es sobre la prestación por desempleo, intentare explicarme lo mejor posible. Actualmente estoy cobrando la prestación por desempleo, pero esta se acaba en mayo. Actualmente lo que estoy cobrando es una reanudación de la primera vez que lo solicite en 2008, desde septiembre de 2008 a junio de 2011, he estado trabajando en periodos interrumpidos (era interina), de tal forma que supongo ese tiempo trabajado está acumulado. Mi pregunta es si una vez acabada esta prestación, puedo solicitar otra por el tiempo acumulado, me han dicho que si es posible, pero si alguien me contrata y me hace un contrato legal, cuando este acabe podre hacer uso de dicho tiempo, pero ¿de cuánto tiempo ha de ser el contrato?, tengo la posibilidad de que un familiar (una hermana que tiene un bar) me contrate por unos días para hacerme el favor, pero no se hasta que punto eso puede hacerse.

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Si estas cobrando la reanudación de una prestación por desempleo eso significa que el ultimo contrato de trabajo tubo una duración inferior a 360 días porque si el contrato de trabajo hubiera durado 360 días o mas en el INEM te hubieran dado a elegir entre reiniciar la prestación interrumpida o iniciar una nueva prestación correspondiente a las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo, y una de las dos prestaciones la hubieras perdido, por lo que de quedarte cotizaciones acumuladas para iniciar una nueva prestación por desempleo tendrías que completar si es que no los tienes, los 360 días que se requieren para acceder o iniciar una nueva prestación.. Por lo tanto si no reúnes los 360 días que se requieren para cobrar la prestación por desempleo, tendrás que trabajar hasta los que te falten hasta completar los 360 días que se necesitan y

No si estas cobrando la reanudación de una prestación por desempleo eso significa que el ultimo contrato de trabajo tubo una duración inferior a 360 días porque si el contrato de trabajo hubiera durado 360 días o mas en el INEM te hubieran dado a elegir entre reiniciar la prestación interrumpida o iniciar una nueva prestación correspondiente a las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo, y una de las dos prestaciones la hubieras perdido, por lo que de quedarte cotizaciones acumuladas para iniciar una nueva prestación por desempleo tendrías que completar, los 360 días que se requieren para acceder o iniciar una nueva prestación.. Por lo tanto como no reúnes los 360 días que se requieren para cobrar la prestación por desempleo, tendrás que trabajar hasta completar los 360 días que se necesitan para cobrar dicha prestación, y que la extinción del contrato de trabajo sea por finalización del contrato o por despido, pero ojito con los contratos de unos pocos días o de conveniencia como el que te quiere hacer tu hermano para arreglarte los papeles para cobrar el paro, porque son contratos en fraude de ley y en el INEM hacen un seguimiento muy concienzudo de ese tipo de contratos y si se dan cuenta o llegan a la conclusión de que ese contrato es un contrato en freud de ley a tu hermano le puede caer una sanción económica muy importante y a ti ademas de quitarte la prestación te hacen devolver todo lo que yayas estado percibiendo si ya la estabas cobrando, así que informate muy bien para que no te lleves ninguna sorpresa desagradable, pero eso ya es cosa tuya yo me limito a informarte de lo que os puede suceder si en el INEM investigan el contrato de trabajo de muy corta duración, y no quiero que te siente mal, pero creo que estoy en la obligación de informarte de las consecuencias que conllevan los contratos de conveniencia o en fraude de ley.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Gracias por la información, la verdad es que no quiero meter a nadie en un lio y menos aun a mi familia, te aclaro que ahora lo que estoy cobrando es una reanudación de la primera vez que solicite el paro en 2008, después he ido acumulando tiempo trabajado, de manera que debe haber acumulado algo más de dos años, en periodos interrumpidos (era interina), por loo que los 360 días los tendría. Supongo que lo mejor, si no sale nada bueno, será buscar un trabajo aunque solo sea de días pero independiente de la familia, ¿no?

Te vuelvo a responder lo lo mismo que en la anterior consulta, Es decir que si estas cobrando la prestación por desempleo y comienzas a trabajar la prestación que estés cobrando se interrumpe hasta que finalices el contrato de trabajo y si el contrato de trabajo dura por ejemplo 6 meses cuando termines el contrato de trabajo puedes solicitar la reanudación de la prestación que tenias interrumpida y los 6 meses del ultimo contrato de trabajo se reservan hasta que completes los 360 días que dan derecho a iniciar una nueva prestación y si el contrato de trabajo dura mas de 360 días o cuando te vallas a inscribir como demandante de empleo requisito imprescindible para que te concedan dicha prestación tienes que elegir entre la reanudación de la prestación que tienes interrumpida o iniciar una nueva prestación y al elegir ente el reinicio de la prestación anterior o el inicio de una nueva prestación por las cotizaciones efectuadas con el ultimo contrato de trabajo la prestación que no elijas la pierdes para siempre y por lo tanto no se acumulan para futuras prestaciones, y si el contrato de trabajo dura menos de 360 días pero las cotizaciones del contrato que acabas de finalizar junto con las que tienes acumuladas suman 360 días o mas, no puedes solicitar la reanudación de la prestación pendiente de consumir reservar para otras prestaciones posteriores las cotizaciones del ultimo contrato de trabajo si no que al sumar entre las ultimas cotizaciones y las que tienes acumuladas 360 días o mas obligatoriamente tienes que iniciar una nueva prestación así que no puedes tener acumulados mas de 360 porque en el momento que acumulas ese periodo de tiempo teniendo interrumpida una prestación tienes que optar por la prestación pendiente de consumir o iniciar una nueva prestación porque solamente sa acumulan las cotizaciones que no se han utilizado hayan utilizado en anteriores prestaciones,,.. Pero si quieres salir de las dudas aquí te dejo el numero de teléfono de atención al cliente del INEM:901119999 para que salgas de las dudas que puedas tener al respecto..

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No hay un contrato mínimo legal, pero existe la posibilidad de que Inspección de Trabajo detecte que pueda ser un contrato realizado con la finalidad de cobrar prestación.

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