¿Me corresponde el paro sea el despido procedente o improcedente?

Quería saber si me corresponde el paro sea el despido procedente o improcedente.

He oído algo de que si es improcedente hay que esperar 3 meses para empezar a cobralo.

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Hasta no hace mucho si el despido era improcedente se tenia que demandar a la empresa para poder acceder a la prestación por desempleo pero en la actualidad siempre que el despido se produzca a instancias del empresario el trabajador despedido tiene derecho a percibir la prestación por desempleo sin necesidad de tener que impugnar el despido, pero si el despido es declarado improcedente el trabajador despedido tiene obligatoriamente que permanecer a la espera durante tres meses para que en el INEM le tramiten la prestación por desempleo que le corresponda.. Espero haberte ayudado con la respuesta.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

Hola de nuevo y perdona mi ignorancia. En mi caso el despido va a ser procedente. Con lo cual entiendo que puedo cobrar el paro desde el principio sin tener que esperar 3 meses? Muchas gracias y un saludo

Así el despido es procedente tienes que permanecer en esperara durante tres meses para que en el INEM te tramiten la prestación por desempleo,.. Solamente cuando el despidió es improcedente es cuando se puede solicita la prestación a partir de los 15 días hábiles de la fecha del despido, por lo tanto si a ti, te han despedido por una causa justificada (despido procedente)entonces hasta que no pasen tres meses no puedes solicitar la prestación por desempleo, lo que pasa que en la respuesta anterior te e podido inducir a confusión por error mio, porque donde tenia que haber puesto procedente e puesto improcedente, el texto correcto de la respuesta anterior, es el siguiente:

Hola que tal:Mira, Hasta no hace mucho si el despido era improcedente se tenia que demandar a la empresa para poder acceder a la prestación por desempleo pero en la actualidad siempre que el despido se produzca a instancias del empresario el trabajador despedido tiene derecho a percibir la prestación por desempleo sin necesidad de tener que impugnar el despido, pero si el despido es declarado procedente el trabajador despedido tiene obligatoriamente que permanecer a la espera durante tres meses para que en el INEM le tramiten la prestación por desempleo que le corresponda por lo tanto si la empresa te a despedido y el despido es procedente, es decir por una causa justificada tendrás que esperar tres meses para que puedas solicitar la prestación por desempleo.. .. Espero haberte ayudado con la respuesta.. Si no necesitas ninguna aclaración ya sabes, no se te olvide calificar la respuesta pulsando las estrellitas amarillas que se encuentran debajo de la pregunta para que me puedas volver a consultar otra vez ..

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