Contrato en una sociedad al hijo del administrador

Soy administrador de una sociedad limitada. Quiero contratar a mi hijo, mayor de edad, que convive y depende de mi económicamente.
¿Puedo hacerlo en el régimen general o tiene que ser autónomo? ¿Tendría derecho al paro?

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1
Lo puedes hacer en cualquiera de los regímenes mientras sea menor de 30 años.
Mientras conviva contigo no tiene derecho a paro, ni nunca se le utilizarán esas prestaciones para contarle ese tiempo cotizado al desempleo.
A partir de 30 años puedes contrataro en el reg. general, pero si convive tampoco tendría derecho a paro
Buenas noches. Gracias por tu respuesta.
Deduzco por lo que me dices que me sale más rentable el alta en autónomos. El general, ademas de ser más caro no le va a compensar después en paro ¿Me equivoco?
Un saludo
El paro sólo le valdría el día de mañana por ejemplo para el subsidio mayor de 52, que piden como mínimo 6 años cotizados al desempleo.
Pero a día de hoy, si en la oficina del paro sel o ven bien, ven que el empresarioes el padre y él convive contigo, no le tendrían que dar el paro.

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