Multa por saltarse un semáforo junto a parada EMT

El día 11 de septiembre de este año 2011, mi padre circulaba con scooter por una calle de Málaga. Iba por el carril derecho y al llegar a cierta altura de la calle, había un autobús urbano del que bajaban pasajeros, así que indicó maniobra, pasó al carril izquierdo y lo rebasó.
Poco más adelante, ya en otra calle, una pareja de policía local le dijo que se había saltado un semáforo en rojo... Y le dieron multa en mano, aunque no quiso firmarla por no estar de acuerdo.
Mi padre se quedó algo raro porque no vio nada, de hecho, yo mismo he estado en esa calle, me he situado detrás de un autobús en las mismas condiciones - en el scooter, con el casco - y este vehículo, al estar parado, obstaculiza totalmente el semáforo que hay a a la derecha, y que se encuentra a unos 5´70 m. Aproximados de la marquesina de la parada de autobús. Decir que el semáforo tiene un brazo superior en ángulo de 90º hacia la izquierda, y que sólo existe esta señalización en el lado derecho de la calzada (dos carriles en único sentido), y que al llevar la visera del casco levantada el sol refleja ahí, con lo que el semáforo superior no lo vi ni yo. Al reconstruir su versión. Ese semáforo se encuentra en un cruce.
Bien, un par de dias más tarde tomé unas fotos desde detrás del autobús y no se vé el semáforo... Ni la parte superior tampoco (el brazo superior en 90º hacia la izquierda). También hice fotos desde el lado contrario de la calle para ver la distancia del semáforo y la parada.
Esa multa le llego el 15/12/2011 y le dan de plazo hasta el 13/01/2012 para pagarla, 200€ de sanción - no viene nada de retirada de puntos - .
Creo recordar que existía un plazo entre la infracción y la notificación, pero no recuerdo cual es, y si pasaba ese plazo, quedaba prescrita.
Un detalle de la multa es que no especifica claramente "dónde".- Pone "c/..." sin número y sin poner "a la altura del nº..." Debajo, fuera de casillas, ¿pone "cruce con c/..." es legal esto?
Me comentaron algo, creo que en la misma compañía de seguros (los ciclomotores no tienen servicio de defensa de multas) que un semáforo no se puede colocar al lado de una parada de autobús., ¿Es cierto? He mirado la ordenanza municipal de tráfico de Málaga capital y no viene nada relativo a esto, amen de que lo único que he encontrado data de 1998- 1999.
En resumen, mis preguntas son sobre los dos últimos puntos, prescripción y colocación de la señalización.
Gracias por la atención y magnífico trabajo el que realizan.

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El semáforo esta perfectamente colocado y ademas, como ustd indica, tiene otro brazo, con lo cual, no puede alegar esto. Que usted con el casco no pueda verlo, no significa que no se vea y por lo tanto, esto no sera tenido en cuenta.
En cuanto a la prescripcion, no ha prescrito, pues ha sido notificada en mano en el momento de la infraccion.
Agradecemos valoracion de la respuesta.

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