Multa caducada

El día 23/09/2011 me multaron por aparcar encima de la acera.
Hoy, viernes 11/11/2011 me ha llegado la multa de la DIPUTACIÓ DE BARCELONA (Ajuntament de Gavà) sin certificar, es decir CORREO ORDINARIO a mi domicilio. El caso es que la entrega la realiza la empresa privada UNIPOST y no CORREOS como en otros municipios.
Hasta aquí, todo correcto, pero...
La multa me comunica que ha sido emitida el día 30/09/2011, por lo que me dan un plazo para pagar con bonificación del 50%. Ese plazo vencía el 04/11/2011, o sea hace una semana.
Problemas:
1º La multa me ha llegado como CORREO ORDINARIO (no he tenido que firmar nada), por la cual cosa carezco de comprobante de haberla recibido hoy 11/11/2011.
2º La multa me ha llegado 40 días más tarde de su fecha de emisión, sin yo haber recibido notificación ninguna por parte de UNIPOST, con lo que no he podido disfrutar de la bonificación del 50% y está en curso la multa con el 100% del monto.
3º UNIPOST me comunica que no puede hacer nada al respecto porque ellos hacen la entrega de la carta 2 veces (a la segunda dejan aviso) y luego la retienen 5 días. Transcurrido ese plazo, la carta pasa de ser CERTIFICADA a ORDINARIA y te la echan al buzón sin necesidad de firma.
Dudas y preguntas:
1º ¿Hasta qué punto es legal que una empresa privada "firme" esa carta certificada y pase a ser ordinaria para que te la echen al buzón sin más? ¿Puedo obtener un comprobante de la fecha de recibo de la carta?
2º ¿A quién me dirijo para denunciar este hecho que no me ha permitido disfrutar de la bonificación?
3º ¿Cómo es posible que UNIPOST me diga que ha seguido el procedimiento y que me dejó el aviso y, sin embargo, a mi domicilio no llegara ningún papel que me advirtiese de tales hechos?

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Esto es complejo... Si le han intentado notificar de forma certificada, ahora, aunque le dejen la carta en el buzón, no se considera notificación. Pero el ayuntamiento procederá a notificarle por BOP-TESTRA, con lo cual el proceso de notificación se considerara legal y si no paga la sanción, podrán proceder al embargo.
Estos problemas son difíciles de verificar... y sobre todo de probar, pero adeamas, para alegar estas cuestiones tendría que llegar al procedimiento contencioso administrativo, pues en la vía administrativa, aunque usted lo alegue, casi con seguridad que no le sera tenido en cuenta... pero puede intentarlo.
Le recomendamos presente recurso, alegando lo indicado, para ver si le mandan una nueva notificación con posibilidad de bonificación...
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