Entrada policía local vivienda sin autorización judicial

Tengo construida en finca rustica almacen de aperos con licencia de obra y certificado de primera utilización de hace 2 años. Después de pasar los del ayto para verificar la terminación de obra . Y concederme la licencia de primera utilización en el año 2010.
, Adecue por dentro el almacen a vivienda es decir corte tabiques de cuarto baño, cocina y dormitorio. Mi pregunta es la siguiente ¿puede el ayuntamiento inspeccionar la vivienda por dentro otra vez sin orden judicial?.

¿Se puede alegar que están vulnerando el art 18 de la constitución o no?

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La policía no puede entrar sin autorización judicial en ningún sitio, salvo que tenga motivos para creer que se está cometiendo un delito de puertas adentro.

Si entra, lo que encuentre no tiene valor en ningún juicio por haberse obtenido ilegalmente

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