Compra de piso con dueños dentro hasta final de curso

Voy a comprar un piso y los actuales dueños quieren quedarse en él hasta que finalice el curso escolar. Proponen hacer la venta en Notaría y en un Contrato Privado especificar que la vivienda quedará libre para que la habitemos el 1 de Julio y, además, que se comprometen a pagarnos el alquiler de nuestro piso actual desde la compra-venta hasta que entremos en nuestra nueva casa. ¿Esto se puede hacer sin problemas? ¿Cómo se hace ese Contrato para asegurarnos que se van en la fecha establecida y no se nos quedan de "ocupas"? Los Señores tienen un piso en la capital al que se van a mudar porque les viene mejor por el tema trabajo, o sea que parece una cosa cierta, pero no nos gustaría llevarnos ninguna sorpresa.

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Lo primero es que todos esos datos consten por escrito, incluyendo la renta a pagar y su correspondiente actualización anual, por lo que le voy a decir ahora.

La Ley de Arrendamientos Urbanos, la que se aplica en caso de alquiler de vivienda o local, especifica que la duración mínima del contrato, al margen de la pactada por las partes, es de 5 años a instancias del arrendatario (inquilino).

Quiere esto decir que por ley, aunque ustedes pactaran dos meses, seis meses o un año, los inquilinos podrían permanecer alquilados durante el tiempo que ellos quieran por un máximo de 5 años. Llegada esa fecha podría ponerse fin al arrendamiento por ustedes.

Insisto: se trata del mínimo legal, y aunque las partes pactaran lo que quisieran sobre el tiempo, el inquilino puede prorrogar a su voluntad (y usted soportar) el arrendamiento hasta esos 5 años.

En definitiva, tendrá que fiarse de su palabra pero haga constar en el documento privado absolutamente todo, como si se tratase de un arrendamiento normal (renta, actualización, forma de pago...). Así, si efectivamente incumplieran y se quedaran, ya que si pagan no podría desahuciarlos, al menos que cumplan con un auténtico arrendamiento.

Un saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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No hablamos de un alquiler, sino de una compra... sólo que los dueños no se van hasta dentro de 3 meses. ¿es imprescindible tratar la permanencia de estos señores en su antigua casa, tras la venta de la misma, como si de un alquiler se tratara? ¿no se puede hacer un compromiso, vinculado a la compra del inmueble, de dejar el piso libre en la fecha fijada? y si se pudiera... ¿en qué términos se haría? Perdona las molestias y gracias de antemano

Y no es ninguna molestia.

Sí claro, pueden ponerlo por escrito. Entonces estos señores firmarán lo que se llama un contrato de precario. Quedan en el piso por un tiempo determinado, sin pagar renta alguna.

Pero usted dice que le pagarían una renta por vivir ahí. Eso es un contrato de alquiler. De ahí mi respuesta anterior.

Si simplemente van a vivir por un mero permiso del dueño y sin pagar renta, serán precaristas y cuando usted quiera y les notifique, ellos deberán irse. Pero ¿y si no lo hacen? Pues que igualmente tendrá usted que desahuciarlos. La diferencia con el alquiler es que no recibe renta, pero tampoco deberá esperar a que se cumplan esos cinco años.

Pero téngalo presente: si se quedan tres meses a cambio de una renta, eso será un alquiler, y se aplicarían las disposiciones de la LAU.

Un saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

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Muchas gracias. Lo que querían "pagarnos" no era por vivir en el piso, sino por tenernos esperando 3 meses para entrar en nuestra casa (ahora estamos de alquiler) nos ofrecían pagarnos NUESTRA renta. Pero ahora ya lo tenemos claro: les hacemos un contrato en precario y que nos descuenten lo que nos cuesta nuestro alquiler del precio de venta y ya está.Muchas gracias de nuevo por todo. Un saludo muy cordial. Cristina Casla

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