Monitorio de una deuda, sólo tengo la pensión

Tengo una deuda con una empresa suministradora del gasóleo particular de calefacción la deuda asciende a 1576€ y no puedo pagarla, tengo solo la pensión por invalidez de 779€ y tengo una hipoteca de 498€ y vivo con mi esposa que depende de mi pensión también. ¿Qué puedo hacer ya que me reclaman la deuda vía monitorio que alegaciones puedo hacer? ¿Qué me puede pasar?

1 respuesta

Respuesta
1

Para oponerse al Monitorio, basta alegar que no existe tal deuda o que es inexacta. No es necesario abogado por la cuantía que comenta. El problema es que si se admite su oposición, tendría lugar un juicio verbal. Tampoco necesitaría acudir con abogado, pero por lo que comenta el juicio lo perdería.

Si no contesta oponiéndose ni paga, el procedimiento pasará automáticamente a ejecución (embargo). Debe tener en cuenta que las pensiones pueden embargarse en la cuantía que la Ley permite (concretamente, según las reglas del art. 607 Ley Enjuiciamiento Civil). En su caso, sería embargable el 30% de la cuantía que supere el Salario Mínimo Interprofesional (que en 2013 está en 645,30€ / mensuales). Es decir: 779,00 - 645,30 = 133,70 * 30% = 40,11. En definitiva, podrían embargarle 40,11 €.

En fin, convendría que se opusiera a la demanda al menos para ganar tiempo. Como seguramente la empresa empleará un abogado para la reclamación, antes del juicio podría negociar con él la firma de un acuerdo de pago fraccionado que ponga fin al pleito, y evitarse ambas partes el juicio. Es una posibilidad.

Un cordial saludo.

Si la respuesta le satisface, ruego la cierre y valore lo antes posible.

Más Derecho en mi blog: http://adrianmayor.com/

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas