Puede hacienda embargarme la cuento donde cobro el paro y dejarme sin dinero para vivir

Tengo una deuda con hacienda por valor de 614 e, me han embargado la cuenta en la que percibo, lo que cobro del paro (619 euros) que es mi única fuente de ingresos ya que mi marido no cobra y tengo una niña de 7 meses

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No, no pueden debido a que esa cantidad percibida no llega al salario mínimo interprofesional.

"Ley de Enjuiciamiento civil
Artículo 607. Embargo de sueldos y pensiones.
1. Es inembargable el salario, sueldo, pensión, retribución o su equivalente, que no exceda de la cuantía señalada para el salario mínimo interprofesional ".

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En su caso, considero que no deberían embargarle la cuenta siempre que pueda acreditar que los ingresos que recibe proceden únicamente de su desempleo, porque es inferior al SMI y no entran en la cuenta otros ingresos. Pero si a esa cuenta llegan otros ingresos distintos del desempleo estaríamos ante una situación de difícil defensa.
Si estamos en el primer caso, es decir, que en la cuenta sólo recibe el ingreso del desempleo, y llegaran a bloquearla o aplicaran algún embargo, entiendo que debería acudir al Juzgado o al organismo que haya ordenado la retención y solicitar que lo dejen sin efecto, argumentando no recibir en ella más ingresos que la nómina, pensión o subsidio así como que éste es inferior al SMI. Aporte justificantes de ello, es decir, la cartilla o un extracto de unos dos meses para justificarlo. El artículo 589 de la Ley de Enjuiciamiento Civil se lo permite.

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