Herencia yacente en Castilla-La Mancha

Hola letrado: soy la viuda de un señor que nunca recogió la herencia de sus padres, junto con dos hermanos. Al morir él, creo que tengo derecho a la cuota viudal usufructuaria, y mis tres hijas, juntos con dos hermanos del difunto, serían herederas de un piso en Castilla-La Mancha. Como los padres murieron hace más de 10 años, y nadie reclama, o renuncia a esa herencia, quisiera saber, si desde Andalucía yo podría reclamarla, o tendría que ser en el juzgado donde residían los abuelos. Así mismo, no sé si esto sería muy costoso, por eso le agradecería algún consejo, que haría Vd en mi caso?

A mis hijas ya le hablan de cambiar cosas en la casa, y ellos se han quedado con caudal hereditario, con consentimiento de mi difunto esposo. Pero ahora me toca a mí enmendar este entuerto.

Gracias de antemano.

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La competencia es del Juzgado donde residían los fallecidos, pero la demanda se puede interponer desde el lugar donde usted reside.

Bastará con que contacte con un abogado, que puede ser perfectamente del lugar donde usted vive, y le encomiende la tramitación del asunto.

En cuanto al coste de la tramitación dependerá de los trámites que se tengan que efectuar. La recomendación del Colegio de Abogados es que, una vez determinada que tramitación hay que llevar a cabo, usted y el abogado fijen unos honorarios y los reflejen en una hoja de encargo (ver ejemplo), lo que equivale a un contrato por el precio acordado entre usted y el abogado., evitando así posible desacuerdos con la minuta.

No me ha quedado claro, si yo como viuda en solitario, puedo ejercitar este derecho a mi cuota viudal, y aceptación de la herencia? Ellas me insisten en su decisión, de no hacer nada.

Gracias de antemano.

Si, usted puede hacerlo con independencia de lo que hagan los otros herederos.

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