¿Cuándo hay costas de juicio?

Si me han notificado que me presente a juicio oral en una fecha determinada y quiero retirar la demanda interpuesta, ¿Tengo que pagar costas de juicio?

Así bien, si retiro la demanda y luego quiero volver a interponerla, ¿se puede hacer?

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Si desiste y el demandado no ha sido emplazado ni citado, el Juzgado termina el procedimiento sin condena en costas.

Si el demandado sí ha sido emplazado o citado se le comunicará para que manifieste si desea continuar. Si dijera que sí el Juez resolverá. Si dijera que no o no dijera nada se entiende que el desistimiento es consentido, y no se condena en costas. Si dijera que no se opone al desistimiento per solicita la condena en costas entonces sí que le condenarían a ellas.

En cualquiera de los supuestos siempre podrá volver a plantearla demanda, teniendo en cuenta, claro está, los plazos de prescripción.

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